1030137.1.260.149.20251125122137
Aragón se encuentra en situación de epidemia de gripe. - INNA TARASENKO
ZARAGOZA 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicará este miércoles, 26 de noviembre, la orden que establece la máxima recomendación y contempla la "posible obligatoriedad" del uso de la mascarilla a los profesionales que prestan servicios en los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, durante cualquier actividad que suponga atención directa a la ciudadanía, como medida de autoprotección y para evitar contagios, si la dirección de estos centros así lo considera.
Así lo ha anunciado este martes el consejero de Sanidad, José Luis Bancalero, en declaraciones a los medios de comunicación en el centro de salud José Ramón Muñoz Fernández, donde ha acudido a vacunarse de gripe.
José Luis Bancalero ha indicado que la orden de que se ha elevado el nivel de riesgo del 1 al 2 "ya ha sido cursada a todos los centros sanitarios y sociosanitarios", con lo cual entraría en vigor "la máxima recomendación del uso de mascarillas" y "por supuesto, la higiene personal".
Ha incidido en que es "muy muy importante" la vacunación y ha animado a que se vacune la población de más de 60 años y también los niños.
La decisión de "posible obligatoriedad" de uso de mascarilla se tomará teniendo en cuenta la evaluación de riesgo, plan específico de actuación o plan de contingencia de estos establecimientos y centros. Además, la orden establece la máxima recomendación de uso de mascarilla por parte de estos profesionales.
Se establece como "altamente recomendable" el uso de la mascarilla al resto de profesionales de estos centros en el ejercicio de cualquier otra actividad que no suponga atención directa a la ciudadanía y se desarrolle en esos centros, así como a pacientes y usuarios.
También se determina como "altamente recomendable" el uso de mascarilla para la ciudadanía como medida de protección en el acceso a los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, así como en espacios interiores con aglomeraciones de personas. No obstante, no está recomendado el uso de mascarilla para menores de seis años de edad.
EPIDEMIA DE GRIPE
Bancalero ha dictado esta orden en aplicación del protocolo sobre niveles de riesgo y recomendaciones frente a las enfermedades respiratorias, una vez comprobado que Aragón tiene una incidencia de gripe de 63,4 casos por cada 100.000, según los últimos datos disponibles, de la semana del 17 al 23 de noviembre, cuando el umbral epidémico está fijado en 59,6 casos. La semana anterior, del 10 al 16 de noviembre, la incidencia fue de 40,63 casos por 100.000.
Por provincias, la incidencia está en estos momentos alcanza 76,1 casos cada 100.000 en Zaragoza; 28,9 por cada 100.000 en Huesca; y 30,7 por 100.000 en Teruel.
El objetivo de esta medida es evitar la propagación de la gripe en Aragón, dado que ya ha superado el nivel de epidemia. Igualmente, es una medida que evita el contagio de otras enfermedades respiratorias.
Desde el Departamento de Sanidad se insiste, además, en que la principal medida preventiva es la vacunación de los grupos de riesgo, especialmente de las personas mayores de 60 años y los niños de 6 meses a ocho años. Otras recomendaciones pasan por intensificar la higiene de manos; ventilar los espacios interiores; y proteger a los más vulnerables.
La semana pasada se declaró el nivel de riesgo 1 en todo Aragón, en aplicación del protocolo de escenarios de riesgo y recomendaciones frente a la gripe. Este lunes, 24 de noviembre, se ha determinado el nivel de riesgo 2 para la provincia de Zaragoza, mientras que Huesca y Teruel se mantienen en el 1, hasta que no superen el umbral de epidemia.
El nivel 2 supone que se intensifican las recomendaciones y la publicación de la citada orden, que se refiere especialmente al uso de las mascarillas.
USO DE MASCARILLAS
Respecto al uso de mascarillas, en el nivel 1 de riesgo se recomienda su uso general en espacios cerrados con aglomeración, como transporte público para personas con sintomatología respiratoria; también para trabajadores de los centros residenciales que presten atención directa; y a trabajadores, pacientes y acompañantes en Atención Primaria; así como a pacientes y familiares en urgencias, plantas o servicios con pacientes vulnerables, oncología, hematología y UCI en hospitales. Igualmente, se aconseja su uso a profesionales en determinados servicios o en todo el centro, según situación asistencial.
En todo caso, se han de seguir las indicaciones de los servicios de Medicina Preventiva y Prevención de Riesgos Laborales de cada sector.
En el nivel 2 de riesgo hay una "máxima recomendación" de uso de mascarilla por parte de los profesionales que prestan servicios en los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, durante cualquier actividad que suponga atención directa a la ciudadanía, como medida de autoprotección y para evitar contagios.
Del mismo modo, se autoriza a la dirección de estos centros a establecer como obligatorio el uso de la mascarilla para los profesionales citados, cuando se considere necesario en función de su evaluación de riesgo, plan específico de actuación o plan de contingencia, en su caso.
En este nivel de riesgo es "altamente recomendable" el uso de la mascarilla al resto de profesionales de estos centros en el ejercicio de cualquier otra actividad que no suponga atención directa a la ciudadanía y se desarrolle en esos centros, así como a pacientes y usuarios; para la ciudadanía como medida de protección en el acceso a los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, así como en espacios interiores con aglomeraciones de personas.