Las embarazadas de la Administración General de la DGA sin guardias ni turnos de noche no tendrán mermas salariales

Las embarazadas de la Administración General del Gobierno de Aragón que por motivo de salud no hagan guardias ni turnos de noche durante la gestación no tendrán mermas en su salario.
Las embarazadas de la Administración General del Gobierno de Aragón que por motivo de salud no hagan guardias ni turnos de noche durante la gestación no tendrán mermas en su salario. - GOBIERNO DE ARAGÓN
Publicado: domingo, 17 abril 2022 12:00

El Gobierno autonómico desarrolla con la unanimidad de los sindicatos las medidas del Plan de Igualdad de la Administración General de Aragón

ZARAGOZA, 17 Abr. (EUROPA PRESS) -

Las embarazadas o mujeres en periodo de lactancia pertenecientes a la Administración General del Gobierno de Aragón que por motivo de salud se vean eximidas de prestar servicios de guardia o de turno de noche percibirán las retribuciones sin ningún tipo de merma, así se ha acordado en la Mesa Sectorial de la Administración General, con el voto favorable y unánime de los sindicatos.

La medida forma parte del desarrollo del Plan de Igualdad de la Administración Central que se aprobó en 2020, y considera que los efectos de la adaptación del puesto de trabajo de las gestantes, siempre que medien razones de salud, no puede recaer sobre la trabajadora, tal y como reconocen las normas que organizan la vida laboral, ya que sería un caso claro discriminación.

El consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón, Carlos Pérez Anadón, ha destacado "la necesidad de seguir dando pasos para que los planes de igualdad sirvan para eliminar cualquier atisbo de discriminación y para hacer de la Administración Pública una plataforma de respeto en la que el factor sexo sea irrelevante a la hora de acceder al trabajo público, para desarrollarlo o para promocionarse".

Esta resolución aprobada en la Mesa Sectorial de la Administración General desarrolla el eje K del Plan de Igualdad, que habla de manera específica de la protección del embarazo, la lactancia y de la maternidad.

Esa misma finalidad tienen además dos instrucciones aprobadas también de manera unánime en el mismo órgano de participación de la Administración y los sindicatos. Una de ellas reconoce la posibilidad por parte de las embarazadas de acceder al permiso retribuido a partir de la semana 37 de gestación --35 en el caso de embarazos múltiples-- siempre y cuando no se encuentren en situación de incapacidad temporal o de prestación por riesgo durante el embarazo.

De la misma manera, se reconoce a las mujeres embarazadas el derecho de prórroga en el disfrute de sus días de asuntos propios, de manera que pueda disfrutarlos tras su incorporación, a continuación de las vacaciones reglamentarias pendientes dentro del año natural siguiente siempre que las razones de no haber disfrutado de esos días propios no sea imputable a la trabajadora.

Leer más acerca de: