Fago.- Acusación particular ve incriminatorias las pruebas científicas y pide 21 años de cárcel para Mainar

Actualizado: miércoles, 25 noviembre 2009 14:34

El letrado Enrique Trebolle dice que "se ha demostrado con todo lujo de detalles" que el acusado cometió el asesinato

HUESCA, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -

El abogado Enrique Trebolle, que representa a Celia Estalrich, viuda del alcalde de Fago Miguel Grima, asesinado el 12 de enero de 2007, afirmó hoy, en la última sesión del juicio que se celebra en la Audiencia de Huesca, que las pruebas científicas obtenida por la Guardia Civil, antes de que Santiago Mainar se autoinculpara, incriminan al acusado y le sitúan como autor del disparo que costó la vida a Grima en la noche del 12 de enero de 2007.

El letrado de la acusación particular reiteró su petición de 20 años de cárcel para el ganadero y guarda forestal, Santiago Mainar, por asesinato en concurso con un delito de atentado y un año más por tenencia ilícita de armas.

Enrique Trebolle dijo que "se ha demostrado con todo lujo de detalles" que Mainar cometió "el delito de asesinato" y consideró que este caso es un ejemplo de "alevosía" y de "todos los agravantes del Código Penal" que hacen encajar "la celada" perpetrada en la carretera de Majones a Fago con el tipo penal de asesinato. Trebolle se adhirió a la narración incriminatorio que, también esta mañana, hizo el fiscal jefe de Huesca, Felipe Zazurca.

A esto añadió que "existe el delito de atentado" al ser Grima alcalde, puesto que Mainar "quiso hacer desaparecer violentamente de una forma tan taimada no a la persona de Miguel Grima, sino a la persona del alcalde" porque "le odiaba", lo cual es prueba de que Mainar siempre testificaba contra Grima en los sucesivos litigios judiciales que Grima tenía con otros vecinos del pueblo y aun protagonizaba directamente contra Grima.

El letrado recordó que Grima "era un alcalde permanente, las 24 horas", es decir, que "se atentó al propio alcalde", de tal manera que hay un concurso ideal de atentado con asesinato. La muerte de Grima fue "un atentado al Estado de Derecho", por lo que Mainar merece "la máxima pena" tipificada en el Código Penal español, es decir, 20 años de prisión. En cuanto a la tenencia ilícita de armas, Trebolle señaló que Mainar tenía licencia de armas, pero no para manejar una escopeta de postas.

La acusación particular pide una indemnización de 300.000 euros, de los que 216.000 serían para la viuda, Celia Estalrich, y 46.000 para cada una de las dos hermanas de Grima. Trebolle señaló que la vida humana no tiene precio y que "el dolor de esa viuda" es incuantificable, tras lo que precisó que la familia de Grima "en ningún momento quería venganza, sino justicia", así como conocer "la verdad material".

El abogado solicitó también que se le impida a Mainar visitar Fago en 10 años a partir de la fecha de condena y que se dicte el alejamiento respecto de la viuda y las hermanas de Grima durante 10 años. De Fago, Trebolle dijo que "es un pueblo que ha sido impactado" y proclamó que "no tienen ninguna culpa los habitantes de la respuesta personal completamente desmedida" que Mainar dio al odio que sentía hacia Mainar.

VALOR INCRIMINATORIO

Durante la presentación de su escrito definitivo de calificaciones, Enrique Trebolle dijo que, en su autoinculpación, Mainar dio "detalles muy precisos que sólo conoce el autor" del asesinato. Como ejemplo, el abogado de la acusación particular comentó que Santiago Mainar mencionó la existencia de una persona con una linterna en la cabeza, lo que coincide con el testimonio del médico vasco, Iñaki Bidegain, que se cruzó con el asesino poco después de perpetrarse el asesinato.

Asimismo afirmó que el acusado dio datos precisos como la utilización de una escopeta con cartuchos de postas, que Mainar dijo haber encontrado tiempo antes de perpetrarse el asesinato y que los forenses identificaron como el tipo de arma de la que salieron las postas que perforaron el estómago y el corazón de Grima, causándole la muerte de inmediato, en la noche del 12 de enero de 2007.

A esto añadió que el testimonio autoinculpatorio de Mainar "está corroborado por pruebas objetivas", como son la prueba del ADN del imputado, que dejó "su huella genética" en la palanca de cambios y otros elementos del coche de Grima, así como la prueba de la parafina, que le identifica como autor de al menos un disparo el día de autos.

Respecto a los "residuos del disparo" que la prueba de la parafina permitió encontrar en Mainar, Enrique Trebolle señaló que el mismo Mainar reconoció llevar un gorro, lo que explica que la prueba diera positivo en la mano izquierda y no en otro lugar. Además, precisamente el hecho de ser zurdo hace compatible a Mainar con el asesinato, puesto que el disparo lo realizó una persona zurda.

El letrado zaragozano se remitió al testimonio de la viuda de Grima, Celia Estalrich, quien días atrás dio cuenta ante la Audiencia de Huesca de cómo alguien rompió el sistema de frenos de la furgoneta propiedad del matrimonio tiempo antes del asesinato. Estalrich dijo también, en su día, que la pareja nunca dejaba el coche Mercedes en la calle y menos con las llaves puestas en el contacto del mismo, precisamente por el ambiente contrario a Grima.

Trebolle negó así el argumento de la defensa, según el cual Mainar dejó su huella genética el día del asesinato porque le entorpecía el paso y pudo cambiarlo de sitio al estar las puertas abiertas y las llaves en el contacto.

El letrado que representa a la familia de la víctima dio por válida la autoinculpación, de la que dijo que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil obtuvo esta declaración respetando escrupulosamente la legislación vigente. Al respecto, Trebolle afirmó que se autoinculpó asistido por una abogada de oficio y en presencia del secretario del Juzgado de Instrucción número dos de Jaca (Huesca), sede judicial desde la que se dirigió la investigación del caso.

Respecto al argumento según el cual Mainar se autoinmoló en beneficio del resto de los vecinos de Fago, Trebolle lo achacó a una "estratagema defensiva" y negó que el imputado tenga ningún rasgo "deliroide" ni tenga una personalidad "narcisista". El abogado de la acusación particular se preguntó por qué no persistieron estos supuestos rasgos en el tiempo.