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OVIEDO, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -
Un acusado de acosar a través de redes sociales a una menor durante dos años ha reconocido este viernes los hechos que le atribuía la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular y aceptó una condena de 6 meses de prisión y alejamiento durante 5 años, además del abono de una indemnización a la víctima.
La vista oral estaba señalada esta mañana en el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, aunque la conformidad con las imputaciones prestada por el acusado evitó su desarrollo, según ha informado el gabinete de comunicación de la Fiscalía de Asturias.
El acusado, nacido en 1966, desde al menos el año 2019 y hasta 2021, envió numerosos mensajes a través de redes sociales a la menor de edad nacida en 2005. El acusado contactaba con ella por medio de WhatsApp, Instagram, Tik Tok o F3, a pesar que la menor le manifestó que no quería tener contacto con él y que le bloqueó sucesivamente en cada una de estas redes. En sus mensajes le decía lo enamorado que estaba de ella o le deseaba los buenos días y las buenas noches cada día.
En concreto, le envió mensajes como "nunca voy a dejar de quererte y soñarte y esperarte... pase lo que pase, pienses lo que pienses de mí y caiga quien caiga, tú eres lo más grande que hay en mi vida y a eso no puedo renunciar ni quiero hacerlo", "siempre te echo de menos", "no me apartes de ti, vale? Eso ya no lo voy a poder aguantar más veces y con ver algún vídeo tuyo y aullarte de vez en cuando ya soy feliz" o "me siento fatal por quererte tanto, pero no puedo evitarlo, eres todo lo que quiero y sueño".
Como consecuencia de estos hechos, la menor, además de bloquearle en las redes y tener que cerrar unas cuentas y abrir otras para evitar el seguimiento, tenía miedo a salir, principalmente por el concejo de Ribadesella, al ser el municipio en el que trabaja el acusado. Por auto de 13 de octubre de 2021 se acordó la prohibición de aproximación a menos de 100 metros y comunicación del acusado con la menor.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de acoso del artículo 172 ter.1.2, inciso último, del Código Penal. Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 6 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como prohibición de aproximación a la víctima, a su domicilio, a su lugar de trabajo o cualquier lugar en que esta se encuentre, a menos de 100 metros, y la prohibición de comunicarse o relacionarse con ella por cualquier medio, incluidos los informáticos o telemáticos, todo ello durante 5 años. Por vía de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la víctima con 5.000 euros.