Fiscalía ve indicios de delito por vertidos de la empresa de la mina de oro de Belmonte

Mina de oro de Boinas
COORDINADORA ECOLOGISTA
Actualizado: lunes, 20 julio 2015 14:20

OVIEDO, 20 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección de Medio Ambiente de la Fiscalía del Principado de Asturias ha formulado una denuncia ante el Juzgado de guardia de Grado por la contaminación de las aguas del río Cauxa, afluente del Narcea, como consecuencia de vertidos no autorizados de selenio desde tres puntos de las instalaciones mineras de El Valle-Boinás, en Belmonte de Miranda.

La denuncia, por por un presunto delito contra el medio ambiente del artículo 325 del Código Penal, va dirigida contra la mercantil Kimbauri España S.L.U. (actualmente Orovalle Minerals S. L.) y contra las personas físicas concretas que, formando parte de sus órganos de dirección y/o control, permitieron por acción u omisión las conductas contaminantes.

Las Diligencias de Investigación desarrolladas por la Fiscalía se iniciaron en el mes de julio de 2014 tras recibirse un oficio de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo (Fiscalía General del Estado), adjuntando informaciones aparecidas en medios de comunicación sobre un posible vertido contaminante procedente de la mina de oro en el Valle de Boinás, en Belmonte de Miranda.

De las diligencias practicadas en la Fiscalía asturiana se desprende que el río Cauxa, a su paso por la zona de influencia de las instalaciones mineras, viene soportando la emisión de una serie de vertidos de sustancias catalogadas como peligrosas, que no se encuentran amparadas en ninguna autorización de vertido.

Puede afirmarse que, antes de su paso por las instalaciones, las aguas del río Cauxa no tienen esas sustancias, al menos en modo detectable. Así, en tres puntos diferentes de los vertidos de la mina, se han detectado valores de sustancias peligrosas que provienen inequívocamente de la actividad minera que, desde 2007, desarrolla la mercantil Kimbauri España.

La mercantil es conocedora de estas emisiones no autorizadas y contrarias a la normativa administrativa, tanto por sus informes internos como por comunicaciones de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC). Pese a ello, no fue hasta la incoación de los expedientes administrativos en materia de vertidos abiertos por parte de CHC, que la mercantil instó al organismo autonómico para la autorización de su vertido, y únicamente para el selenio, obviando el resto de sustancias detectadas y no permitidas.

Durante todo ese periodo, la mercantil prosiguió con su actividad. Una vez dictada la resolución de modificación de la autorización, en agosto de 2014 -que fue objeto de recurso potestativo por parte de la propia mercantil-, se permitieron vertidos de selenio, aunque en un parámetro inferior al que constaba en las analíticas realizadas. A fecha actual, no existe dato alguno para afirmar que los valores de vertido no continúan siendo superiores, tanto a los autorizados como a los recogidos reglamentariamente como valores límite de emisión.

Para la Fiscalía, existen pruebas sólidas para atribuir a la mercantil Kimbauri España S.L. la autoría y responsabilidad de los vertidos de selenio y otras sustancias peligrosas en el río Cauxa a su paso por las instalaciones mineras de El Valle-Boinás, a pesar de la existencia de un debate sobre la propiedad de los derechos mineros entre las empresas Río Narcea Gold Mines S. L. (en tanto propietaria anterior) y Kimbauri España S.L.U. (como adquiriente de los mismos, en marzo de 2007).

Todo vertido al dominio público hidráulico debe de estar previamente autorizado por el correspondiente organismo de cuenca de conformidad con la ley de aguas, de forma que aquel que no tenga autorización previa ha de ser considerado contrario al ordenamiento jurídico español.

En las Diligencias abiertas por la Fiscalía asturiana se ha practicado variada prueba técnica pericial, tanto a instancias de organismos públicos de oficio (la CHC en sus expedientes sancionadores), como a instancias del Ministerio Fiscal (por la Unidad Técnica de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y por la CHC).

CONCLUSIONES

Igualmente, la defensa aportó prueba referida al estado de las aguas y a las consecuencias del selenio. Así, indiciariamente, la Fiscalía asturiana concluye en su denuncia lo siguiente: Que conforme el indicador de calidad biológica, se observa una merma o empeoramiento en la abundancia de familias o riqueza de familias más sensibles a la contaminación, lo que implica un cambio de clase de estado a la baja.

Que el río Cauxa no cumple los objetivos medioambientales de la DMA (estado bueno), debido exclusivamente a las concentraciones de selenio. Esta sustancia, pese a encontrarse de forma natural en la corteza terrestre trófica, tiene efectos tóxicos (efectos en la reproducción, malformaciones en alevines, disminución de la descendencia) sobre diferentes especies acuáticas.

Incluso partiendo de los informes de aportados por la defensa, se observa un aumento de las concentraciones de selenio en peces (músculo e hígado) localizados aguas debajo de los vertidos de la explotación minera con respecto a peces muestreados aguas arriba de los vertidos y a peces localizados en otro río sin presiones mineras.

La concentración de selenio en sedimentos supera ampliamente los umbrales establecidos por diferentes organismo gubernamentales para la no afección de organismos acuáticos y bentónicos.

En cuanto al selenio, se trata de una sustancia peligrosa de especial toxicidad, definida como preferente en el anexo II del RD 60/2011; y, según la ficha internacional de seguridad química, es una sustancia muy tóxica para los organismos acuáticos, se cataloga como un cancerígeno de la categoría 3B y se aconseja firmemente impedir que el producto químico se incorpore al ambiente.