Archivo - Palacio de Justicia Gijón. Juzgados. - EUROPA PRESS - Archivo
GIJÓN, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Área de Gijón solicita seis años de prisión para un hombre acusado de rociar con gasolina a un desconocido en una calle de Gijón e intentar prenderle fuego con un mechero.
La vista oral está señalada para este miércoles, en la Sección
Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón, a las 10.00 horas.
Según una nota de prensa del Ministerio Fiscal, el procesado (1994), nacional de la República de Sudán Sur, en situación irregular en España, sobre las 12.00 horas del día 17 de octubre de 2021, en la calle Diario El Comercio en Gijón, roció a la víctima en la cara y en el cuerpo, por encima de la ropa, con una mezcla se gasolina y
gasoil que llevaba en una pequeña botella de plástico.
A continuación, con ánimo de acabar con su vida, encendió un mechero que llevaba para prenderle fuego, al tiempo que le atemorizaba diciéndole: "que te quemo, que te quemo".
El procesado no logró su objetivo ya que un vigilante de seguridad de un establecimiento de esa misma calle acudió en auxilio de la víctima. El acusado, asimismo, abandonó el lugar a la vez que decía: "voy a por más gasolina".
Este fue interceptado poco después por agentes del Cuerpo Nacional
de Policía en la confluencia de la calle Sanz Crespo con la calle José Manuel Palacio, portando en el bolsillo del pantalón un mechero.
La víctima no sufrió lesiones, mientras que el Juzgado de
Instrucción número 2 de Gijón acordó en su momento la prisión provisional comunicada y sin fianza del procesado.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa del artículo 138.1 del Código Penal, en relación con los artículos 16 y 62.
Además de la pena de cárcel, la Fiscalía solicita que para el procesado la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros, a su domicilio, lugar de trabajo y cualquier lugar frecuentado por el mismo, así como de comunicarse con él, todo ello durante siete años.
Asimismo, le impone las costas procesales e interesa además que, una vez el procesado cumpla los dos tercios de la condena impuesta, se sustituya el resto de la pena de prisión por la expulsión de territorio nacional y prohibición de entrada en España durante diez años.
Por otro lado, de acuerdo a la disposición adicional decimoséptima, en su párrafo segundo, de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en caso de que se dicte sentencia condenatoria y se acuerde la sustitución de la pena privativa de libertad por expulsión, el Fiscal plantea que se proceda al cumplimiento inmediato de la pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario en tanto se ejecutan los tramites de la expulsión, que deberá hacerse efectiva en el plazo más breve posible y, en todo caso, dentro de los treinta días siguientes.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a la víctima con 1.000 euros, más los intereses legales correspondientes.