SANTANDER 10 May. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria ha regulado, a través de una Orden, el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado que acceda a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
La Orden, consultada por Europa Press, establece una serie de requisitos generales para los aspirantes que quieran participar en el proceso de admisión a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, en función de las enseñanzas que deseen cursar.
Así, para el acceso a los ciclos formativos de grado medio, se establece que los aspirantes estén en posesión de uno de los siguientes requisitos académicos: el título de Graduado en Educación Secundaria, o la superación de la prueba de acceso sustitutoria del requisito del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas de grado medio o a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional en el sistema educativo.
También se puede estar en posesión del título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño; haber superado de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos el tercer curso de enseñanzas comunes del plan de estudios de 1963 o el segundo curso del plan experimental;
Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar o de Técnico, de las enseñanzas de Formación profesional; o haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
Igualmente se incluye tener alguno de los títulos y situaciones que permiten el acceso a enseñanzas de grado medio o de grado superior de enseñanzas deportivas, de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio o de grado superior o a los ciclos formativos de grado medio o de grado superior de formación profesional en el sistema educativo.
Y para el acceso a los ciclos formativos de grado superior, podrán participar en el proceso de admisión a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño los aspirantes que estén en posesión de uno de los siguientes requisitos académicos, como tener el título de Bachiller; estar en posesión del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño; o del título de Graduado en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos correspondiente al plan de estudios de 1963 o del plan experimental.
También podrán participar quienes superen la prueba de acceso sustitutoria del requisito del título de Bachiller para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas de grado superior de o a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional inicial.
Igualmente podrán hacerlo quienes estén en posesión del título de Técnico Especialista o de Técnico Superior de las enseñanzas de Formación profesional; o hayan superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores; quienes estén en posesión de una titulación universitaria o equivalente; o quienes tengan alguno de los títulos y situaciones que permiten el acceso a enseñanzas de grado superior de enseñanzas deportivas, de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior o a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional en el sistema educativo.
Asimismo, los aspirantes deberán estar en posesión del certificado de haber superado la prueba específica que permita demostrar las aptitudes y los conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento el ciclo correspondiente, o, en su caso, acreditar la exención de la misma.
La Orden establece que para el acceso a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, requerirán de un procedimiento de admisión los alumnos que accedan por primera vez a cursar un ciclo formativo de grado medio o de grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; los que soliciten cambio de centro; y los que hayan solicitado y se les haya concedido la anulación de matrícula o convocatoria y no se incorporen al curso siguiente que se haya concedido dicha anulación. Igualmente lo requerirán Los alumnos que, estando cursando un ciclo formativo de artes plásticas y diseño, deseen realizar otro.
DETERMINACIÓN DE PUESTOS
La Orden establece que antes del inicio del procedimiento de admisión las escuelas de artes remitirán a la Consejería de Educación, para su aprobación, la previsión de plazas vacantes disponibles en cada curso de los ciclos ofertados, detallando la previsión del número de alumnos que promocionen o no de curso.
Teniendo en cuenta dicha previsión, la Consejería de Educación determinará el número de puestos escolares vacantes para cursar las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
El número de puestos escolares vacantes será el resultado de detraer, del número de puestos escolares totales, aquellos reservados para el alumnado del curso anterior, a los que se sumará el número de alumnos que tengan derecho a permanecer un año más en el mismo curso.
Las solicitudes para participar en el procedimiento de admisión se podrán recoger en las escuelas de arte que impartan estas enseñanzas y en la Consejería de Educación.