Realizada una nueva catalogación de centros educativos que contempla su nueva dimensión

Instituto De Educación Secundaria El Alisal
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 16 mayo 2011 16:36

SANTANDER, 16 May. (EUROPA PRESS) -

Este martes, 17 de mayo, entrará en vigor el Decreto que establece el sistema de catalogación de los centros educativos de Cantabria, y que se ha realizado contemplando la realidad actual de los mismos y su nueva dimensión.

Segú expone el Decreto, que recoge Europa Press, el periodo de tiempo transcurrido desde que se procedió a la catalogación de los centros docentes, así como la modificación en la red de Centros de Secundaria y la diversidad de centros creados, "aconsejan" establecer una nueva catalogación tanto de los Institutos de Enseñanza Secundaria como de los nuevos centros educativos que se han creado, tales como el Centro de Artes Plásticas y Diseño, los Centros Integrados de Formación Profesional y el Centro de Enseñanzas post obligatorias de Val de San Vicente.

Se pretende llevar a cabo así una nueva catalogación contemplando la realidad actual de los centros y su nueva dimensión, ya que éstos se han distribuido geográficamente por muchas más localidades de la Comunidad Autónoma bajando en consecuencia el número de alumnos que están escolarizados en los mismos y se han diversificado en cuanto al tipo de Enseñanzas que imparten.

Así, en el caso de los centros de Educación Infantil y Primaria, se establece la siguiente clasificación: Tipo A (más de 30 unidades); tipo B (de 21 a 30); tipo C (de 15 a 20); tipo D (de 7 a 14); Tipo E (de 3 a 6); y Tipo F (menos de tres unidades).

Por lo que respecta a la clasificación de los centros de Enseñanza Secundaria el Decreto establece los siguientes tipos: Tipo Especial (más de 1.200 alumnos); Tipo A (más de 950); Tipo B (más de 550 y hasta 949); Tipo C (más de 250 y hasta 549); Tipo D (menos de 250 alumnos).

En cuanto a los centros de educación de personas adultas, quedan clasificados de la siguiente manera: Tipo A (más de 35 unidades); Tipo B (de 21 a 35); Tipo C (de 11 a 20); Tipo D (de 5 a 10); y Tipo E (hasta 4 unidades).

Finalmente, los centros integrados quedan clasificados en Tipo A (Más de 12 ciclos); Tipo B (de 8 a 12 ciclos); y Tipo C (menos de 8 ciclos).

CRITERIOS

Para la consideración de la nueva catalogación de los centros escolares se han tenido en cuenta los siguientes criterios: para los Centros de Secundaria, el número de alumnos; para los Centros de Primaria, el número de unidades; y para los Centros Integrados, el número de ciclos.

El Decreto señala que para la consideración de las unidades de los centros de educación de personas adultas y del Centro de Enseñanza Post Obligatoria dada su complejidad, se tendrá en cuenta lo siguiente: se contabilizarán los grupos de enseñanzas iniciales según la ratio orientativa; los grupos de Educación Secundaria o de ciclos formativos de Formación Profesional, si los hubiere; el número de Aulas Mentor, si las hubiera; y las enseñanzas abiertas con una ratio de 1/40 para formar al grupo.

En cuanto a los Centros de Enseñanzas de Idiomas, Conservatorios de Música, Escuelas de Artes Plásticas y Diseño y Centros de Enseñanza Obligatoria, se regirán por la tabla correspondiente a las Enseñanzas de Secundaria y se catalogarán por el número de alumnos.