Precio para los informes forenses de reclamaciones extrajudiciales por accidentes

Europa Press Cantabria
Actualizado: lunes, 27 junio 2016 10:01


SANTANDER, 27 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Cantabria ha publicado este lunes el decreto por el que desarrolla otro anterior que regula la realización de informes periciales a solicitud de particulares por los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en las reclamaciones extrajudiciales
por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor y se crea el precio público autonómico.

La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial ha permitido que los médicos forenses que prestan sus servicios en los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses puedan realizar, además de esta labor, la de emitir informes y dictámenes a solicitud de los particulares en las condiciones que se determinen reglamentariamente, como en el caso de la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

En este sentido, el Gobierno de Cantabria ha aprobado el decreto que establece los precios públicos en la comunidad autónoma, que serán únicos para cada pericia e incluirán todos los informes del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cantabria que sean necesarios para la determinación y medición de las secuelas y de las lesiones temporales.

Se establecen tres tipos de precios públicos en función de la gravedad de las lesiones,
atendiendo al criterio de ingreso hospitalario: el precio público por informe pericial de lesiones sin ingreso hospitalario; el precio público por informe pericial de lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas; y el precio público por informe pericial de lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas, todos ellos sujetos a IVA.

El pago del precio público derivado de la realización de los informes periciales corresponderá a la entidad aseguradora, y se devengará en el momento de solicitud del informe pericial al Instituto.

La fijación y revisión de la cuantía del precio público establecido en el decreto se
realizarán mediante una Orden de la Consejería de Justicia y podrán existir precios inferiores al coste para determinados supuestos.

Los fondos obtenidos por el cobro de los precios públicos se destinarán a mejorar los medios personales y materiales del citado Instituto.

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