Formulada la memoria ambiental del Plan Parcial 'Polvorín', que linda con el hospital Tres Mares

Se sitúa en el extremo nororiental del núcleo urbano, coincidiendo actualmente con uno de los polos de crecimiento

Plan Parcial Polvorín
EUROPA PRESS
Europa Press Cantabria
Actualizado: jueves, 4 agosto 2011 11:43

SANTANDER, 4 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística ha formulado la memoria ambiental del Plan Parcial del Sector UP-7 "Polvorín" en el municipio de Reinosa.

Dicha memoria se formula, a los solos efectos ambientales, tras haberse aprobado inicialmente el Plan Parcial y elaborado su Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), y teniendo en cuenta el resultado de la Información Pública a la que se han sometido tanto el Plan Parcial como el citado informe.

El plan tiene como objeto la regulación de la urbanización y edificación de acuerdo a las determinaciones establecidas por el documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana del municipio, aprobado por la Comisión Regional de Urbanismo de Cantabria en sesión de 15 de julio de 1995, modificado en parte por la Revisión del Programa de Actuación y recientemente modificado para su adaptación a las determinaciones establecidas por el PSIR 'Centro de Atención Especializada. Hospital Tres Mares'.

Según señala el documento, consultado por Europa Press, el ámbito del Plan Parcial se sitúa en el extremo nororiental del núcleo urbano de Reinosa, coincidiendo actualmente con uno de los polos de crecimiento, consolidado por actuaciones de equipamientos y dotaciones.

Todos los terrenos que rodean el sector, excepto su extremo occidental, se encuentran consolidados por edificaciones o constituyen reservas de suelo para Sistemas Generales. En lo que respecta al núcleo de Reinosa, el sector se sitúa muy próximo al centro urbano y a la vez, muy bien comunicado con las principales salidas de la ciudad por el norte.

El ámbito definido por el PGOU de Reinosa como Sector UP-7 "Polvorín", se sitúa en el extremo nororiental del núcleo urbano de Reinosa. El ámbito linda en su extremo oriental con los terrenos ocupados por el Hotel Vejo, al sur con Sistemas Generales, al norte con el Centro de Atención Especializada Hospital Tres Mares y al Oeste con la calle Mallorca y con un ámbito aún por desarrollar clasificado por el Plan General como Suelo Urbanizable No Programado y de uso residencial.

La propuesta de ordenación establecida para el sector pretende dar respuesta a las necesidades de los nuevos usos del suelo a implantar sobre el territorio, propiciando la articulación de éstos con los existentes, complementando espacios públicos y equipamientos existentes y de nueva creación y garantizando la funcionalidad de la red viaria y de los espacios libres resultantes.

En la parcela situada en el extremo oriental se concentra la edificabilidad que le corresponde al Ayuntamiento (como propietario de la totalidad del SG-11) y en razón de las cesiones del 10% del aprovechamiento del Sector. Dicha superficie podrá materializarse en un máximo de 58 viviendas, que serán ofertadas por el Ayuntamiento en Régimen de Protección.

A su vez las parcelas de uso privado (R-02 y R-03) tendrán asignadas una edificabilidad que podrá trasvasarse ligeramente de una parcela a otra en función del proyecto de edificación que se presente en cada una de ellas, siempre y cuando se cumplan las ordenanzas del Plan Parcial y las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Reinosa en cada parcela y la suma de edificabilidades resultante de ambas parcelas no sea superior a 9.062,35 m2.

En cuanto a los aparcamientos se localizan en el interior de las parcelas de uso residencial, siendo la dotación total prevista de 399 plazas, de las cuales 162 son bajo rasante privadas y el resto al aire libre.

Por su parte, las cesiones de suelo para sistemas locales se localizan siguiendo las trazas de los sistemas generales contiguos al Sector, mientras la reserva para equipamientos se localiza en el extremo suroeste de la parcela en continuidad con el colegio público. Por último, los espacios libres de uso público ocupan el extremo suroriental del sector en una parcela cuyos límites han sido diseñados para dar continuidad al Parque del Polvorín proyectado por el PGOU de Reinosa.

MEDIDAS AMBIENTALES ESPECÍFICAS

La documentación de carácter ambiental exigida por la memoria ambiental deberá considerarse un requisito a los efectos del contenido de la documentación necesaria para la aprobación del Plan Parcial, y quedará integrada en la documentación del mismo.

La memoria propone una serie de medidas ambientales especificas para cada factor ambiental, complementarias a las recogidas por el ISA.

Así, en el área de equipamiento, y dado que el Plan Parcial no precisa el destino y forma de los edificios, las ordenanzas incorporarán, en el caso de que se prevea alguna edificación, las determinaciones necesarias para adecuar el volumen resultante a las edificaciones colindantes, debiendo integrarse tipológica y morfológicamente con el entorno.

Añade al respecto que la superficie reservada se localiza en la parte más baja del sector a nivel altimétrico, por lo que se especificará la altura máxima de las edificaciones, de tal forma que no se sobrepase la altura de las edificaciones colindantesCalidad del aire

En cuanto a la calidad del aire, señala que durante la fase de excavación, urbanización y edificación se tomarán medidas tendentes a evitar y atenuar la concentración de partículas en suspensión, medidas que serán más frecuentes en la cercanía de espacios habitados, y en el caso concreto del sector UP-7, se intensificarán estas medidas cuando se trabaje en la zona del sector que queda más cerca del Hospital Tres Mares. Las medidas serán extensibles al transporte y acopio de materiales.

Por último, y al objeto de mejorar las condiciones de uso y aspecto de los viales interiores, se procurará que su diseño y la ejecución de las oportunas plantaciones generen corredores verdes que conecten con el sistema de espacios libres, e integren y minoren el impacto de las áreas destinadas a aparcamiento.

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