SANTANDER, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la orden por la que se regulan y convocan las ayudas a los tripulantes de buques españoles que faenan en la costera de la anchoa que hayan tenido que realizar paradas durante el período comprendido entre el 18 de mayo al 31 de diciembre de 2006.
La financiación de estas ayudas se efectuará mediante los fondos que transfiera el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en una cuantía máxima de tres millones de euros.
El Ministerio ha acordado ofrecer estas ayudas "dada la gravedad y excepcionalidad de la actual coyuntura", en la que se ha constatado "la persistencia de una carencia de anchoa", que motivó la prohibición de su pesca en el Golfo de Vizcaya hasta el 31 de este mes por parte de la Comisión Europea, según indica la orden.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los tripulantes españoles, los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y los extranjeros que cuenten con permiso de trabajo y residencia en vigor, embarcados en los buques pesqueros españoles, que hubieran obtenido y utilizado las correspondientes licencias de pesca para faenar en la costera de la anchoa, cuyo contrato de trabajo se haya visto suspendido a causa de la paralización temporal. Asimismo podrán ser beneficiarios los armadores enrolados a bordo de la embarcación, asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
Para la obtención de estas ayudas, entre otros requisitos, se ha establecido que la inactividad pesquera haya sido, durante el periodo de paralización, total, de manera que el buque haya quedado amarrado a puerto.
CUANTÍA
La ayuda económica máxima por beneficiario será de 45 euros por día de parada, una cuantía que se modulará en función de las capturas y actividad de cada buque. La Secretaría General de Pesca Marítima proporcionará al Instituto Social de la Marina las capturas de cada buque y el baremo aplicado a cada buque en función de las capturas y presencia en la zona de pesca.
Las ayudas se otorgarán por un periodo máximo de 40 días de paralización temporal, realizada entre el 18 de mayo y el 31 de diciembre de 2006.
Este periodo de parada subvencionable podrá dividirse en un máximo de tres periodos, siendo el tiempo mínimo de cada periodo de parada de 10 días. El periodo total deberá completarse antes del 31 de diciembre de 2006.
Las solicitudes deberán dirigirse al director provincial del Instituto Social de la Marina y presentarse ante las direcciones Locales o Provinciales del Instituto Social de la Marina. El modelo de solicitud podrá obtenerse de la página de Internet del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, 'www.mapa.es'.