TOLEDO, 30 Mar. (EUROPA PRESS)
El delegado Especial de la Agencia Tributaria en Castilla-La Mancha, Faustino Manrubia, explicó hoy que los contribuyentes pueden confirmar o modificar el borrador de la Renta a partir del próximo lunes, día 3 de abril, a través de múltiples vías "que nos facilitarán el cumplimiento de las obligaciones fiscales".
En rueda de prensa, Manrubia informó que existen varías vías para confirmar el borrador según sea el resultado a devolver o a ingresar y si se domicilia o no el pago. Así, apuntó que si se escoge la opción de domiciliar el pago permite que éste se haga efectivo el 30 de junio, último día de la Campaña de la Renta, independientemente del día en que se confirme el borrador.
En este sentido, manifestó que el borrador se puede confirmar por internet, a través de la página web www.agenciatributaria.es; por teléfono, llamando al 901200346 de 9.00 horas a 21.00 horas, de lunes a viernes; por SMS "sólo borradores a devolver"; en cajeros automáticos; por banca electrónica y banca telefónica; personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las Oficinas de la Junta de Comunidades; y por último en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras.
Asimismo, respecto a los SMS, el delegado Especial de la Agencia Tributaria en Castilla-La Mancha señaló que este año se prevé que sea la vía "estrella", puesto que la gente esta más familiarizada con las nuevas tecnologías.
Así, Manrubia abogó por la vía internet ya que, dijo, es una forma más sencilla, y nos evitamos los colapsos de las líneas telefónicas, sobre todo en los primeros días. Recalcó que para confirmar por internet no es necesario el certificado de firma electrónica, salvo si se va a pagar en ese momento.
Por otro lado, afirmó que hasta el 28 de marzo se habían solicitado 461.242 borradores o datos fiscales en Castilla-La Mancha, un 26,04 por ciento más que el año anterior. Así, señaló que la Agencia Tributaria prevé que a mediados de mayo se hayan enviado la práctica totalidad de los borradores solicitados hasta esa fecha.
Una vez recibido el borrador, dijo Manrubia, el contribuyente deberá revisar los datos que aparecen en el mismo y si está de acuerdo basta que lo confirme para que su declaración del IRPF quede presentada. Si considera que falta algún dato y quiere completar el borrador o modificar alguno de los que aparecen, debe hacerlo antes de confirmar el borrador.
Finalmente, apuntó que existe unos supuestos en lo que no se puede confirmar directamente el borrador, como el borrador con cuota positiva y sin obligación de declarar, el primer o segundo año de préstamo hipotecario, por obtener rendimientos de actividades profesionales de escasa cuantía, por tener algún descendiente nacido o adoptado en 2005, por falta de NIF en descendientes mayores de 14 años, y por obtención de subvenciones públicas.