Tribunales.- La Consejería de Sanidad deberá pagar 18.505 euros a un funcionario por dilación en el proceso selectivo

Actualizado: sábado, 9 junio 2007 13:39

TOLEDO, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha estimado el recurso presentado por un funcionario de la especialidad de medicina al que se le adjudicó destino de provisión temporal en Velada (Toledo) como médico de refuerzo, a pesar de haber aprobado la plaza de funcionario de carrera, de tal forma que se condena a la Consejería de Sanidad a pagar al recurrente un total de 18.505 euros que debía haber cobrado en el puesto que ahora ocupa.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el recurrente alegó perjuicios múltiples, efectivos y evaluables económicamente por "dilaciones indebidas" en la resolución del proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo superior de la Junta de Comunidades, en la Escala Superior de Sanitarios Locales, especialidad de Medicina.

El proceso se convocó el 12 de septiembre de 2000, y debería de realizarse con fecha posterior al 1 de noviembre de ese año con una duración máxima de seis meses contado desde la fase de oposición, realizándose el ejercicio el 21 de octubre de 2001, lo que implicaba que debería haber concluido el 21 de abril de 2002, aunque, sin embargo, hasta ocho meses más tarde no se publicó la Orden por parte de la Consejería de Sanidad, que aprobaba la relación de aspirantes declarados aptos.

De esta forma, hasta el 20 de mayo de 2003 no se nombró al recurrente funcionario de carrera, adjudicándole destino, de tal forma en que entre el tiempo en que debía haber finalizado y el tiempo en que se publicó su nombramiento se le dio destino temporal en el equipo de atención primaria de Velada (Toledo), prestando sus servicios en la Zona Básica de Salud, como médico de refuerzo, percibiendo por ello sumas a detraer de las que en tales meses debería haber cobrado en el puesto que ahora ocupa, por una diferencia de 18.505 euros.