VALLADOLID, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Empleo e Industria llevará este jueves, 24 de junio, al Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León el decreto de Ordenación y Fomento de la Artesanía en la Comunidad, con el que busca favorecer el desarrollo y el crecimiento del sector, según le ha trasladado Amigo este miércoles a la directiva de Foacal.
En primer lugar, el decreto plantea una nueva definición de artesanía, haciendo que la intervención personal y el conocimiento técnico sean determinantes en el resultado final del proceso artesanal, y posibilitando, no solo el empleo de maquinaria auxiliar, sino el de cualquier otro tipo de herramientas digitales o analógicas.
En segundo lugar, se suprime la tradicional dicotomía entre taller artesano y artesano que venían aplicándose a empresas o personas físicas, respectivamente. El decreto establece el taller artesano como única figura y recoge un único procedimiento para obtener el reconocimiento de taller artesano, siendo necesario, en el caso de las personas físicas, que la persona titular de la actividad tenga la condición de artesano o artesana; mientras, en el supuesto de personas jurídicas, se requiere que tenga tal condición la persona que dirija, supervise y controle la totalidad del proceso productivo. De este modo, se pretende incidir en la profesionalización del sector y hacer más visible el número de empresas y profesionales presentes en la artesanía.
En tercer lugar, se modifica el Repertorio Artesano de Castilla y León para dar cabida a nuevas actividades artesanas y, sobre todo, para clasificar estas actividades en función de los subsectores económicos a los que se dirigen los productos o servicios que se generan, introduciendo la posibilidad de que un mismo taller artesano pueda inscribirse en varios de ellos. Con ello, se eliminan, también, las posibles restricciones de acceso para aquellas actividades que -por su novedad en los procesos y materiales productivos- se ven excluidas del repertorio actual.
El nuevo Repertorio Artesano de Castilla y León ordena las actividades artesanales de acuerdo con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y a su vez clasifica las actividades en subsectores económicos.
Se recogen y definen 17 subsectores: arquitectura y construcción, interiorismo y decoración, mobiliario, menaje, restauración de bienes, artes escénicas y audiovisuales, diseño gráfico y artes gráficas, diseño de producto, moda y complementos, cuidados personales, deportes, juguetes y miniaturas, música, objetos religiosos, productos tradicionales y etnográficos, regalo institucional y de empresa, y servicios.
REPERTORIO
El Reportorio, que mantiene la clasificación de las tres modalidades de artesanía (tradicional, creativa y de servicios) estará sujeto a una actualización permanente para garantizar la incorporación de aquellas actividades que no hayan sido incluidas inicialmente o que puedan aparecer en el futuro.
Como consecuencia de la reordenación de las figuras de artesano y taller artesano, se modifica el Registro Artesano, que pasa de cinco a cuatro secciones: taller artesano, taller de interés artesanal, asociación y federación artesana y zona de interés artesanal.
Podrá obtener el reconocimiento de taller artesano toda actividad económica legalmente constituida ubicada en Castilla y León que realice de forma principal y habitual una actividad artesana incluida en el Repertorio Artesano, siempre que el número de personas empleadas en el taller no exceda de diez, salvo que la naturaleza y especiales características de su actividad merezcan ese reconocimiento.
Será imprescindible para la obtención del reconocimiento de taller artesano que la persona titular de la actividad, o la persona que dirija, supervise y controle la producción, tenga la condición de artesano o artesana. La capacitación profesional se acredita mediante el título oficial correspondiente, o mediante el certificado de una asociación o federación artesana que avale el ejercicio de la actividad durante, al menos, dos años.
Podrán ser reconocidos como taller de interés artesanal aquellos talleres artesanos que hayan venido desarrollando su actividad con un marcado interés económico, histórico y cultural. Este reconocimiento tendrá en cuenta el arraigo o acervo cultural, la calidad de sus productos, su repercusión cultural o económica, la pervivencia de técnicas, diseños y modos de trabajo en riesgo de desaparición, así como el mantenimiento de procesos tradicionales en el mismo taller artesano durante al menos 15 años.
El decreto otorga el reconocimiento de asociación o federación artesana a aquellas asociaciones o federaciones, sin ánimo de lucro, inscritas en los registros correspondientes, que agrupen mayoritariamente a talleres artesanos, o asociaciones de talleres artesanos.
ZONA DE INTERÉS ARTESANAL
Por último, podrá tener la consideración de zona de interés artesanal cualquier área geográfica que se distinga por contar con un colectivo artesanal activo y homogéneo que goce de una tradición artesana reconocida o muestre un especial dinamismo en el fomento de la artesanía. Esta declaración podrá afectar a uno o varios municipios de Castilla y León y podrá ser promovida tanto por los ayuntamientos como por las asociaciones que representen al sector, siempre que, en ambos casos, cuenten al menos con el 30 por ciento de los talleres artesanos registrados de la zona.
La nueva disposición regula el procedimiento a seguir para la obtención y renovación de cada uno de los reconocimientos que deberá gestionarse de forma telemática. Estos reconocimientos tendrán una validez de 5 años, renovables por iguales períodos a petición de quien lo solicitó, previa comprobación del mantenimiento de las circunstancias que motivaron el mismo.
No obstante, en su disposición transitoria, se establece que los reconocimientos de la condición de taller artesano, taller de interés artesanal y zona de interés artesanal vigentes mantendrán su validez y se incorporarán de oficio al nuevo registro artesano. Por su parte, el reconocimiento de las asociaciones o federaciones seguirá teniendo validez si las dos terceras partes de sus socios están registrados como talleres artesanos, lo que deberán acreditar en el plazo de seis meses.
La Consejería de Empleo e Industria adoptara, además, las medidas necesarias para el fomento y la promoción de la artesanía. Estas medidas están encaminadas a desarrollar canales de comercialización propios de los productos artesanales, mejorar la productividad, realizar campañas de promoción y divulgación, mejorar el funcionamiento de los talleres, mejorar la formación y la divulgación de su reconcomiendo e idiosincrasia, en especial entre los estudiantes de enseñanzas artísticas.
Asimismo, se va a poner en marcha un Distintivo de la Artesanía de Castilla y León que servirá como marca para identificar y distinguir el producto artesano de la Comunidad. Este distintivo podrá utilizarse en las acciones de promoción y comunicación del sector que se emprendan y permitirá poner de relieve la calidad y las peculiaridades de los productos artesanales de Castilla y León.
En los próximos días se convocarán las subvenciones para financiar los gastos de organización y celebración de ferias. Estas ayudas se suman a las convocadas el pasado mes de abril para la modernización y la digitalización de las empresas artesanas. Una convocatoria que ha tenido una extraordinaria acogida, con más de 140 solicitudes, lo que demuestra que el sector está vivo y que apuesta de forma decidida por su crecimiento y por su modernización.