BURGOS, 17 Sep. (EUROPA PRESS) - El juez de Vigilancia Penitenciaria explica en su decisión que la elección del régimen de vida, es decir, la forma de cumplir la pena de prisión, no está sujeta a la voluntad de los internos ya que viene regulada en la Legislación penitenciaria y es impuesta de forma imperativa por la Administración por lo que su incumplimiento es objeto de sanción. En este sentido, recuerda que la "situación de aislamiento" como forma de cumplimiento en la que se encuentra Iñaqui Urdangarín no es fruto de su elección sino decisión de la autoridad penitenciaria.