La JEC se reafirma en prohibir 'esteladas' y rechaza el recurso de CiU

Estelada (Archivo)
Europa Press
Actualizado: miércoles, 20 mayo 2015 17:34

MADRID, 20 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) se ha ratificado este miércoles en su decisión de prohibir las 'esteladas' en los edificios públicos en campaña electoral, al desestimar el recurso de CiU ante la resolución del organismo arbitral de la semana pasada.

En el acuerdo de este miércoles, que recoge Europa Press, la JEC subraya que la ley encomienda a la Administración Electoral preservar la igualdad en el sufragio y prohíbe a los poderes públicos, "que están al servicio de todos los ciudadanos, tomar partido en las elecciones".

Recalca que las banderas independentistas "simbolizan las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de toda ella", e incide en que las libertades ideológica y de expresión son derechos fundamentales de las personas, pero no de los gobernantes.

Así, hace hincapié en que los gobernantes son "los únicos obligados" por el acuerdo que recurrió CiU, y que, por tanto, los ciudadanos pueden ejercer su derecho a la libertad ideológica y de expresión "sin más restricciones que las que imponga el respeto a los derechos de los demás".

CONSULTA DE SCC

La JEC se pronunció sobre la presencia de 'esteladas' en edificios públicos a raíz de una consulta de SCC,que alertaba de que la presencia de estas banderas en espacios y edificios públicos de 323 municipios catalanes podía vulnerar el artículo 103 de la Constitución.

El recurso de CiU argumentaba que obligar a retirarlas supondría "una vulneración clara de los derechos fundamentales a la libertad ideológica y a la libertad de expresión que protege y garantiza la Constitución" y que, además, este asunto excedía las competencias de la Junta Electoral.

CiU defendía que la 'estelada' es legítima y no infringe en ningún caso el ordenamiento jurídico vigente, y que luce en fachadas de ayuntamientos porque lo han decidido sus plenos.

Además, CiU recordaba que la presencia de banderas en los balcones o fachadas de edificios públicos no generó ninguna queja durante las elecciones al Parlamento Europeo de 2014, por lo que no entiende el sentido de la decisión de la JEC en estas elecciones municipales.

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