Los legados a entidades benéficas en Catalunya ascendieron a casi 45 millones en 2017

Europa Press Catalunya
Publicado: miércoles, 12 septiembre 2018 12:41

   BARCELONA, 12 Sep. (EUROPA PRESS) -

   Los legados a favor de entidades benéficas en Catalunya ascendieron a 44.734.177 euros recogidos en herencias correspondientes al año 2017, ha informado el Col·legi de Notaris de Catalunya este miércoles en un comunicado.

   Del total de los 208 legados solidarios, las órdenes religiosas recibieron el 63,5% --132 legados--, por un 36,5% dirigido a ONG o Fundaciones no vinculadas a la Iglesia --76 legados--.

   Por importe de los legados, las ONG o Fundaciones suman 22.804.081 euros, cifra que supone el 51% del total; mientras que la cantidad legada a órdenes religiosas fue 21.930.096 euros, el 49% del total.

UN 19,5% DE LOS LEGADOS EN ESPAÑA

   El importe de los legados solidarios en Catalunya supone un 19,5% del total de los legados solidarios en España, que acumuló 230 millones de euros en este concepto.

   Las herencias con este tipo de legados ascendieron a 1.152 en España --el 36% destinado a ONG o Fundaciones, y un 54% a órdenes religiosas--, por lo que los legados solidarios de Catalunya representan un 18% del total.

   Por provincias, los datos del Col·legi de Notaris de Catalunya indican que el 73% de los legados solidarios en Catalunya corresponden a Barcelona, así como el 69% en cuanto su importe total.

   La siguen Girona, con un 7% de los legados y el 19% en cuanto al importe; Lleida, con un 12% de los legados y un 6% del importe; y Tarragona, con un 8% de los legados y un 6% del importe.

"CONTINUIDAD A ACCIONES SOLIDARIAS"

   El decano del Col·legi de Notaris de Catalunya, Joan Carles Ollé, ha explicado que "un legado solidario hace falta hacerlo explícito en el momento de hacer testamento y es una manera de dar continuidad a acciones solidarias hechas en el transcurso de la vida".

   Ha detallado que puede incluir bienes muy diversos, como inmuebles, dinero en metálico o un porcentaje del patrimonio, y que el único límite es que "no puede perjudicar, en ningún caso, la legítima de los herederos forzosos" que es una cuarta parte del valor de los bienes a repartir entre todos los hijos --en caso de

   haberlos.

   También ha recordado que "las entidades sin ánimo de lucro no están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones".

Contenido patrocinado