Madrigal dice que si el Parlament informa de incomparecencias habría que estudiar cada caso

La fiscal general recurrirá la inhibición dle juzgado de Madrid con Rato
EUROPA PRESS
Europa Press Catalunya
Actualizado: martes, 21 abril 2015 14:08

BARCELONA 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

La fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, ha asegurado que "habría que estudiar cada caso" si finalmente el Parlament traslada al Ministerio Público las incomparecencias de varios cargos que fueron citados para declarar ante la comisión sobre fraude de la Cámara catalana.

"Habría que ver cada caso, el estatuto de cada cargo y su relación con el asunto en que es llamado", ha explicado al preguntársele por esta cuestión este martes durante una visita a la Fiscalía de Barcelona.

Ha asegurado que, en el caso de que se trate de fiscales, no se les puede exigir responsabilidad penal cuando se les pide comparecer como testigo por un asunto que conoce por razón de su cargo.

El presidente de la comisión del fraude del Parlament, David Fernández (CUP), anunció este lunes que solicitará a la Mesa del Parlament llevar al jefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de la Policía (Udef), Manuel Vázquez, a la Fiscalía por no comparecer después de requerírsele en varias ocasiones.

Además, la comisión ha vuelto a citar para el 5 de mayo tras sus incomparecencias al director de la Policía Nacional, Ignacio Cosidó y al director del Centro Nacional del Inteligencia (CNI), Fèlix Sanz, que se sumaron a las ausencias del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz; al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y al jefe de gabinete de Rajoy, Jorge Moragas.

Cuando un compareciente rechaza asistir a la sesión a la que ha sido llamado recibe un "un aviso legal" sobre las consecuencias de no ir a la Cámara catalana, que incluye las advertencias que recogen el Estatut, el Reglamento del Parlament y el Código Penal sobre eventuales incomparecencias de las personas citadas a declarar en una comisión de investigación.

El Estatut recoge que los citados acudan obligatoriamente, mientras que el Reglamento de la Cámara establece que, si no cumplen, se informará al Ministerio Fiscal 'a los efectos de sustanciar la responsabilidad penal que pueda corresponder'.

El artículo 502 del Código Penal recoge que los que no comparezcan en una comisión de las Cortes o de una asamblea autonómica 'serán castigados como reos del delito de desobediencia', y añade que 'si el reo fuera autoridad o funcionario público, se le impondrá además la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años'.

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