BARCELONA 18 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Sindicatura de Cuentas de Catalunya ha detectado la falta de una normativa que regule la educación a distancia que imparte el Institut Obert de Catalunya (IOC), como preveía la Ley de Educación de Catalunya (LEC), por lo que ha aconsejado a la Conselleria de Enseñanza que elabore una regulación "lo antes posible".
En el informe 1/2015 que fiscaliza el ejercicio 2011 de este centro, la Sindicatura ha detectado que el Govern no ha aprobado --a fecha de noviembre de 2014-- la regulación, pese a que la LEC daba tres años de margen, que se agotaron en julio de 2012.
Según la Sindicatura, la regulación debe contar con "un registro en el que consten los datos de los alumnos que se acogen a esta modalidad de educación no presencial en las enseñanzas de educación básica".
Además, avisa de que Enseñanza utiliza programarios específicos y un programa de contabilidad financiera para la gestión económica, en vez de usar el Sistema de administración y gestión académica (Saga), con lo que "dificulta la gestión presupuestaria del centro".
También pone el foco en que la jornada del profesorado del IOC en el curso 2011-2012 fue de 25 horas, en vez de las 30 horas que establece la normativa, además de que el régimen de teletrabajo y determinadas compensaciones horarias no se ajustaban a la normativa vigente.
Ha observado que los puestos docentes del IOC proceden de adjudicaciones provisionales con el otorgamiento de comisiones de servicios que se renuevan anualmente y pueden tener una duración máxima de dos años, y luego se debe convocar la provisión del puesto: "No se ha obtenido información sobre el tiempo que los profesores del IOC llevan en comisión de servicios".
Alerta de que no existe una normativa sobre la contratación de profesorado colaborador que incluya el número de docentes de este tipo que se deben contratar, los criterios de selección, el sistema retributivo y los aspectos que debe recoger el contrato.
RECOMENDACIONES
En el capítulo de recomendaciones, el organismo fiscalizador insta a la Conselleria a crear una normativa para el IOC que incluya las competencias de sus órganos de dirección y su régimen de autonomía de gestión.
También ve "conveniente" revisar las situaciones administrativas de los profesores del IOC y corregir las situaciones que no se ajusten a la normativa.
Aconseja hacer un análisis de la capacidad docente, de la dedicación y de las tareas encomendadas a los profesores propios del IOC, y establecer un marco regulador de sus condiciones de trabajo que recoja las especialidades propias del centro no presencial.
Ve necesario "regular la figura del profesor colaborador", determinando su número, la forma de selección --principios de publicidad, mérito y capacidad--, el sistema retributivo, y la duración de las colaboraciones, además de garantizar el cumplimiento de la normativa sobre incompatibilidades.