Actualizado 10/02/2009 22:32

La Fiscalía remite al juez la denuncia de CCOO sobre presuntos malos tratos en el centro de reforma de menores de Ceuta

CEUTA, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Ceuta ha decidido remitir al Juzgado de Guardia, en este caso el número 4 de Instrucción, la denuncia que el pasado 20 de enero le trasladó el secretario general de COO en la ciudad, Juan Luis Aróstegui, sobre la presunta existencia de prácticas delictivas en forma de malos tratos físicos a los internos del centro de reforma de menores de Punta Blanca, donde según sus informaciones se esposaría con grilletes a los internos y posteriormente se les inmovilizaría durante horas a sus camas cuando incurriesen en conductas inapropiadas.

Al citar a ratificarse en su denuncia al líder sindical el fiscal, asegura que este "se negó a aclarar cuáles eran sus fuentes de conocimiento del ilícito penal, limitándose a aducir posibles represalias para negarse a revelarlas", por lo que entiende que "cercenar, desde el principio, tan fundamental elemento probatorio no resulta admisible" y opta por trasladar el caso al juzgado.

En su resolución, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, rubricada antes de que dos ex vigilantes de seguridad acudiesen a la Fiscalía a testificar haber sido testigos de prácticas similares a las denunciadas, el fiscal reconoce que a la luz de la legislación vigente "el hecho denunciado podría ser constitutivo de delito", pero advierte de que "sólo se afirma tener referencia de los hechos denunciados" y concluye que la jurisprudencia deja claro que es obligatorio "precisar el origen de la noticia, designando con su nombre y apellidos, o con las señas con que fuere conocida, a la persona que se la hubiese comunicado".

"El problema que plantean los testigos de referencia --en este caso, el líder de Comisiones--, como transmisores de lo que otros ojos y oídos han percibido, no es un problema de legalidad, sino una cuestión de credibilidad", prosigue la Fiscalía, que concluye que coherentemente con las sentencias del Tribunal Constitucional deben ser los jueces quienes "ponderadamente" deben pronunciarse sobre la credibilidad de la fuente "dando a la prueba su exacto valor y significado como prueba complementaria subordinada a la posibilidad de la prueba directa".

"Por tanto es imprescindible acudir a los medios directos de prueba que el denunciante afirma tener. Se trata además de una obligación legal", concluye la Fiscalía, que subraya que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que el que sin estar impedido no acudiese al primer llamamiento judicial "o se resistiese a declarar lo que supiese acerca de los hechos sobre que fuere preguntado" podrían incurrir en una multa de entre 200 y 5.000 euros.

"Si persistiese en su resistencia será conducido en el primer caso a la presencia del juez instructor por los agentes de la autoridad y perseguido por el delito de obstrucción a la justicia", termina, "y en el segundo caso será también perseguido por el de desobediencia grave a la autoridad".

En declaraciones a los medios Aróstegui justificó su silencio asegurando no querer poner en el ojo del huracán político y mediático desatado en Ceuta tras su denuncia a las fuentes que justificaron su denuncia, a quienes dijo querer preguntar antes si estaban dispuestos a testificar.

Posteriormente la Ciudad Autónoma por un lado y los trabajadores de Punta Blanca por otro han denunciado a Aróstegui y a su secretario de Organización, Ramón Moreda, como presuntos culpables de los delitos de denuncia falsa, injurias y calumnias con publicidad. El sindicato asumió colectivamente esa denuncia y su líder aseguró, con motivo de su reelección al frente de la central, que no daría "ni un paso atrás" en este asunto.