Actualizado 14/04/2015 19:05

El TSJA concluye que un diputado no adscrito "no puede considerarse de peor condición que el resto"

CEUTA, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha considerado "contrarios a la doctrina constitucional" los acuerdos adoptados por la Mesa de la Asamblea de Ceuta y la Junta de Portavoces de la Cámara autonómica para "limitar" las facultades y obligaciones de la diputada no adscrita Fatima Hamed, que el año pasado abandonó el primer grupo de la oposición, la coalición Caballas, por el que había resultado electa en las autonómicas de 2011.

En su sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, el TSJA concluye que "el diputado, adscrito o no, ha recibido la confianza de sus electores y esto lo habilita para el ejercicio de sus funciones merced a esa confianza obtenida y no puede considerarse de peor condición que el resto de integrantes de la Cámara".

El Tribunal ha rechazado con ese argumentario el recurso formulado por la Ciudad Autónoma contra la resolución del Juzgado de lo Contencioso local que, en septiembre, declaró "no conforme a derecho" y "anuló" la actuación administrativa impugnada por la política, un Acuerdo por unanimidad de la Junta de Portavoces y Mesa de la Asamblea en virtud del cual se estableció que solamente podría interpelar en el Pleno o intervenir cuando fuese aludida directamente.

El TSJA respalda que "el hecho de no admitir a trámite una propuesta presentada para su inclusión en el Orden del Día de la Sesión Plenaria correspondiente" o "vetar" su participación en consejos de administración de sociedades municipales "no puede sino interpretarse como un acto contrario al derecho que reiterada jurisprudencia del Constitucional, que reconoce a los diputados no adscritos en orden a 'participar en la actividad de control del gobierno local, presentando mociones y escritos".

Durante los últimos seis meses la parlamentaria ha podido presentar un máximo de dos propuestas al Pleno, así como mociones de urgencia e interpelaciones, aplicando un "criterio de proporcionalidad" sustentado, según el presidente de la Ciudad, Juan Vivas (PP), en que un tránsfuga no debía gozar de privilegios por el hecho de serlo sobre el resto de diputados.

Hamed, a la que no se ha permitido acudir a las reuniones de la Comisión Local de la Vivienda, por ejemplo, ha valorado la sentencia que le da la razón como "una gran noticia política" y "un triunfo de la dignidad sobre la maldad pactista y de la Constitución sobre las decisiones políticas de un Gobierno acostumbrado a silenciar, amordazar e imponer su versión como en un cortijo con sus socios en la sombra --de la oposición, Caballas y PSOE--".

La diputada no adscrita también se está "planteando" recurrir a la vía penal para imputar un presunto delito de prevaricación a los integrantes de la Mesa de la Asamblea, todos ellos del PP, y de la Junta de Portavoces. "Mi lucha es por los derechos constitucionales, que están por encima de cualquier mafia política", ha resumido la política.