La nueva ley del juego aumenta el control para proteger a menores y destinará sanciones a luchar contra la ludopatía

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Actualizado: viernes, 26 octubre 2018 15:00

VALÈNCIA, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Consell ha dado el visto bueno al proyecto de Ley del Juego en la Comunitat Valenciana, que como principales novedades refuerza las medidas dirigidas a impedir el acceso de los menores a los salones de juego y contempla que lo recaudado por sanciones a este sector sea destinado a poner en marcha acciones de prevención y ayuda frente a la ludopatía.

Esta nueva normativa prevé sustituir la actual, que data de 1988, una actualización que la vicepresidenta, Mónica Oltra, ha justificado por la irrupción de nuevas modalidades de juego de la mano de las nuevas tecnologías y la nueva realidad social. Además, la nueva norma se adapta así a la ley estatal sobre el juego, aprobada en 2011, y a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado de 2013.

El texto incorpora también las novedades fiscales sobre el juego que se introdujeron en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat de 2018, de modo que el sector contará con un único texto regulador en el que se incluirán tanto aspectos legales como fiscales.

Entre las novedades figuran las medidas encaminadas a reforzar la protección de los menores y de las personas con ludopatía. Para ello, la ley establece un control de acceso a pie de calle en todos los locales de juego.

Esta medida afecta principalmente a los salones de juego, puesto que la ley vigente hasta ahora únicamente establece un control de acceso a la parte acotada del salón en la que existan máquinas que dan mayores premios (3.000 euros) pero no fija un requisito de control de acceso en la entrada al salón, algo que se incorpora con la nueva ley. La norma contempla un período de adaptación de tres meses tras su entrada en vigor.

Con la nueva regulación, el acceso a los locales de juego de menores y personas inscritas en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego pasa de considerarse una falta grave a falta muy grave. Por ello, las multas impuestas por el incumplimiento de esta infracción serán superiores a 6.001 euros (en las calificadas como graves el límite inferior fijado será de 3.001 euros).

Además, esta infracción podrá conllevar la suspensión de la autorización y cierre del local por un plazo de hasta cinco años, revocación de la autorización y cierre definitivo del local, e inhabilitación para ser titular de la autorización por un plazo máximo de cinco años.

La recaudación que se obtenga revierta en la prevención, asistencia y demás actuaciones que se desarrollen en materia de juego patológico por parte de las consellerias competentes en materia de salud y bienestar social.

NO HABRÁ EXCLUSIVIDAD PARA ABRIR CASINOS

Por otro lado, con el objetivo de poner fin a situaciones de monopolio en el sector de los casinos, con la nueva ley se eliminan las restricciones para nuevos titulares de casinos que actualmente existen.

Con la nueva regulación, los titulares de la licencia de casino en Castellón, Alicante y Valencia dejarán de tener la exclusividad en el ámbito provincial, puesto que ahora, cuando la Administración lo considere oportuno, podrá abrirse convocatoria de concurso para la concesión de nuevas licencias de casinos.

Los titulares de un casino podrán abrir hasta dos salas apéndices en su provincia, desapareciendo cualquier límite o exigencia para la convocatoria por la Administración de nuevos concursos.

JUEGO ONLINE VALENCIANO

Por otra parte, la nueva ley incorpora como novedad la consideración del juego online valenciano, que será aquel organizado por empresas autorizadas cuyo servidor esté ubicado en la Comunitat. Se incluyen en esta modalidad la práctica del juego no presencial a través de medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia.

Reconociendo que quedan fuera del ámbito de la ley los juegos reservados a la competencia y normativa del Estado, se establece la necesaria autorización administrativa de la Generalitat para la apertura de locales presenciales, así como para la instalación de equipos a través de los que se participe en el juego online estatal, en locales que no sean de la SELAE y de la ONCE.

AUTORIZACIÓN PARA PRODUCTOS SELAE Y ONCE

Como hasta ahora, y así lo establece la normativa estatal, seguirá sin ser necesaria la autorización autonómica para la apertura de establecimientos públicos de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y de la ONCE con el fin de comercializar sus productos.

En cambio, sí se establece como novedad la necesaria autorización de la Generalitat para la instalación en otros locales públicos de terminales de venta o expedición de productos comercializados por la SELAE y la ONCE.

VETO AL PAGO EN METÁLICO EN BARES

Además, la nueva ley prohíbe hacer efectivo el pago de premios de las máquinas de apuestas en bares, acotando así el ámbito de juego para que los bares no se conviertan en salones de juego o de apuestas. Posibilita la convalidación de las homologaciones de máquinas y la de autorizaciones concedidas en otras comunidades autónomas, siempre que cumplan los requisitos de nuestra normativa.

También se reduce el plazo para la autorización de nuevas máquinas de 10 a 5 años, pasando a ser expresa y por ambas partes (dueño del local y empresa operadora) la solicitud de renovación por idéntico plazo. La situación actual suponía un compromiso excesivo por parte de los dueños de los bares, a los que, en caso de pasárseles el plazo, se aplicaba la renovación de la instalación de máquinas por otros 10 años.

APUESTAS EN LA PILOTA VALENCIANA

Por primera vez que incluye en la legislación autonómica sobre el juego las apuestas en la Pilota valenciana, que hasta ahora se han estado jugando sin tener cobertura legal.

Para ello se establece una tributación del 1,5% sobre los ingresos netos, deducidos los premios satisfechos a los participantes, la misma modalidad de tributación existente en otras comunidades autónomas para los deportes tradicionales.