Actualizado: lunes, 6 julio 2015 14:16
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   VALENCIA, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Supremo ha vuelto a dar la razón al grupo Compromís por la información que le denegó el anterior Gobierno valenciano, del PP, sobre algunas contrataciones relativas a Radiotelevisión Valenciana (RTVV), Sanidad y Taroncher y el aeropuerto de Castellón.

   Así consta en sendas sentencias dictadas por la sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS), que desestiman los recursos de casación interpuestos por el anterior Gobierno valenciano contra las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que les obligaban a aportar la documentación requerida.

   En concreto, en una de estas sentencias, el Alto Tribunal rechaza el recurso de la Generalitat contra la sentencia del tribunal valenciano que estableció que el Consell no podía negarse, como hizo, a facilitar determinada documentación solicitada por la entonces portavoz del grupo Compromís en las Corts, Mónica Oltra, en relación a contratos entre la Conselleria de Sanidad y Construcciones Taroncher, o relativos al aeropuerto de Castellón.

   La sentencia argumenta que el antiguo Consell no adució ninguna justificación jurídicamente fundamentada que amparase su negativa a entregar los documentos que se le habían pedido, según han informado desde el tribunal valenciano.

   Así mismo, señala que ya al margen de las circunstancias propias de este litigio y como consideración de futuro, "hay que decir que, tras la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y para la Comunitat Valenciana, tras la Ley 2/2015, de 2 de abril, de transparencia buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, el derecho de los parlamentarios a la información pública no puede sino verse fortalecido".

   En efecto, a fin de que estén en condiciones adecuadas para hacer frente a la especial responsabilidad que se les ha confiado al elegirlos --agrega el TS-- "habrán de contar con los medios necesarios para ello, los cuales en punto al acceso a la información y a los documentos públicos no sólo no podrán ser inferiores a los que tiene ya a su disposición cualquier ciudadano en virtud de esas leyes, sino que deben suponer el plus añadido imprescindible", mantiene.

   Así mismo, en otra resolución, el TS confirma la decisión del TSJCV que anuló el acto adminitrativo del Consell de 21 de diciembre de 2011, que denegó a dos diputados de Compromís la entrega del informe de la consultora Price Waterhouse sobre la situación de RTVV, alegando que era un documento interno de trabajo, así como la relación de contratos eventuales de la cadena televisiva, ya clausurada.

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