El juez rechaza el recurso de un tercer piloto de Iberia, que se negó a volar en servicio de imaginaria

Pilotos De Iberia
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 8 marzo 2012 15:06

La compañía ha despedido a un cuarto piloto por no realizar los servicios en incidencias


MADRID, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 4 de Madrid ha confirmado la sanción impuesta por Iberia a uno de sus pilotos que se negó a realizar los servicios que le fueron asignados cuando se encontraba en situación de imaginaria.

El piloto en situación de imaginaria, según el convenio colectivo vigente, debe estar en disposición de la compañía, que podrá asignarle la actividad aérea que proceda. En este caso, el piloto fue sancionado con 15 días de empleo y sueldo, sanción considerada por el juez como "procedente".

La sentencia, dictada el pasado 23 de febrero, es la tercera a favor de la aerolínea y se suma a los dos procedimientos judiciales anteriores celebrados hasta la fecha por la misma causa, tras ser rechazadas las respectivas impugnaciones presentadas por los pilotos sancionados.

El fallo considera que las asignaciones de servicios que Iberia ordenó al piloto y que este se negó a realizar argumentando que contravenían el convenio colectivo, fueron "legales" y "acordes" con la normativa vigente.

En los dos primeros meses del año, Iberia sancionó a un total de siete pilotos con suspensiones temporales de empleo y sueldo por negarse a llevar a cabo vuelos asignados estando en incidencias, mes en el que los pilotos no tienen programados vuelos fijos pero están a disposición de la compañía que puede ordenarles un eventual servicio, como el de imaginaria.

El conflicto surge de la diferente interpretación del Sepla de la Ley de Seguridad Aérea y del Convenio Colectivo en la normativa que regula el tiempo de descanso de las tripulaciones.

El sindicato de pilotos Sepla, que ha convocado 24 días de paros en Iberia en contra de Express, presentó una demanda contra Iberia en la Audiencia Nacional por las sanciones derivadas de esta diferente interpretación, pendiente de resolución.

CUARTO PILOTO DESPEDIDO.

Por otro lado, Iberia comunicó ayer a uno de los pilotos expedientados su despido disciplinario por "infracción muy grave" de sus obligaciones como empleado, en aplicación a lo establecido en el art.54.2 b) y d) del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 172.22 del Convenio Colectivo.

Según Iberia, dicho piloto se negó a aceptar los servicios asignados, en este caso el servicio de imaginaria, cuando se encontraba en periodo de incidencias.