OVIEDO 17 Oct. (EUROPA PRESS) -
La juez de Instrucción número 3 de Oviedo ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo del caso del bebé hallado, el pasado mes de julio, semienterrado en una finca de la localidad de Olloniego (Oviedo) al considerar que "no existe ninguna prueba que evidencie que el bebé nació con vida", según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Por su parte, la madre del bebé, Azucena A. F., permaneció 33 días en la prisión de Villabona como sospechosa de la muerte del pequeño, y salió en libertad el 25 de agosto.
La magistrada entiende que no hay delito al estudiar los informes del forense del juzgado y del Instituto Nacional de Toxicología de Madrid que discrepan entre ambos. Según el estudio del forense, no se descarta la participación de arma blanca, aunque no aprecia indicios que apoyen la existencia de respiración fuera del útero por parte del bebé.
La juez, admitiendo estas conclusiones forenses de la existencia de heridas producidas por un instrumento corto punzante, según consta en el informe preliminar, no puede considerar los hechos constitutivos de delito al entender que el bebé nació muerto.
Los médicos forenses indican que "a la vista de las lesiones que se aprecian a nivel cutáneo y del estudio macro-micrsocopio de órganos internos no existen signos evidentes de supervivencia fetal tras el alumbramiento".
A su vez, el auto refleja que los forenses evidencian signos de acción de animales en las heridas halladas, "sin poder concluir sin embargo la participación de un arma blanca".
Por otro lado, los informes del Instituto Nacional de Toxicología de Madrid realizados con las muestras del cadáver del pequeño destacan que no se puede saber si el niño nació con vida o muerto y descartan que las heridas halladas en su cuerpo fuesen producidas por un arma blanca.
Según se desprende del auto de la magistrada, al que tuvo acceso Europa Press, "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa" por lo lo que la juez decreto el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
El auto judicial señala que atendiendo al contenido del informe médico forense y valoradas las conclusiones del informe de autopsia, así como las remitidas por el servicio de Criminalística, Biología e Histopatológica del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, "cabe concluir que no resulta debidamente justificada la perpetración del delito". Por lo tanto, "quedan excluidos los indicios delictivos en cuanto al delito de homicidio que viene siendo investigado", reflejó la juez en el auto.