Actualizado 20/10/2009 15:09

Dos años de prisión para un hombre con retraso mental por abusar sexualmente de un niño de siete años


SANTANDER, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado una condena de dos años de prisión para un hombre que sufre un retraso mental leve-moderado y que abusó sexualmente de un niño de siete años al menos en dos ocasiones.

Según se explica en la sentencia, conocida hoy, los hechos ocurrieron entre los meses de junio y octubre de 2006. En ese tiempo, y "al menos" en dos ocasiones, el acusado consiguió convencer a un niño de siete años para que le acompañara a su casa. Una vez allí, cometía los abusos sexuales sobre el menor y después le entregaba diversas cantidades de dinero que oscilaban entre 5 y 10 euros.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander le condenó en diciembre de 2008 por un delito continuado de abuso sexual, pero le reconoció la eximente incompleta de anomalía o enfermedad psíquica, de forma que la condena se fijó en dos años de cárcel. Al mismo tiempo, le prohibió acercarse a menos de 200 metros del menor o de su domicilio por un plazo de tres años y acordó que indemnizara al niño con 3.000 euros.

El acusado recurrió ante la Audiencia Provincial pidiendo la absolución o, en todo caso, una rebaja de la condena y que se cumpliera internándole en un centro educativo especial. Además, su defensa solicitaba que se anulara la indemnización al menor porque, a su entender, no han quedado acreditados los daños morales.

Sin embargo, la Sección Tercera de la Audiencia rechaza uno por uno todos sus argumentos y pretensiones, empezando por el de la absolución. En este sentido, la sentencia recalca que la declaración del acusado en el juicio no tiene "credibilidad suficiente", asegura que ha incurrido en contradicciones en sus diversas declaraciones y, en cambio, el testimonio del menor ha sido "constante y persistente" en el tiempo, "firme y veraz".

En cuanto a la rebaja de la condena, también lo rechaza la Audiencia porque cree que ya se ha tenido en cuenta la eximente incompleta en el grado adecuado. Igualmente, se opone a la medida de internamiento en un centro especial porque, según dice, no lo pidió ninguna de las acusaciones y ni siquiera lo planteó la defensa hasta la presentación del recurso.

Por último, sobre la indemnización, la Audiencia no comparte que se alegue que unos abusos sexuales sobre un niño de siete años (cumplía los ocho en octubre de aquel año) "no hayan causado perjuicio moral alguno" al menor.

A su juicio, lo sucedido es "capaz de afectar seriamente la percepción de un niño sobre su propio cuerpo, al alcance de las relaciones entre las personas" y a su futura percepción de las relaciones sexuales.