Publicado 07/02/2023 14:41

Junta aprueba el decreto que modifica los estatutos de la Agencia de Instituciones Culturales

Archivo - Ballet Flamenco de Andalucía
Archivo - Ballet Flamenco de Andalucía - FERMIN RODRIGUEZ - Archivo

SEVILLA, 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto que modifica los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Aaiicc) y que persigue cambiar y homogeneizar las denominaciones de las unidades y de su personal directivo, dando cabida a todas las manifestaciones culturales sin que conlleve aumento de dicho personal.

El decreto, que dotará a la Agencia de una mayor transparencia y racionalidad en la gestión, modifica el apartado 1 del artículo 15 de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, de manera que la Dirección de la Agencia pasa a corresponder a la persona titular de la Secretaría General competente en materia de cultura, en lugar de a la Secretaría General de Innovación Cultura y Museos.

Así, desaparece como personal de alta dirección la figura responsable de la Secretaría General, cuyas funciones serán asumidas por la Gerencia.

Se suprime la denominación de Unidad de Artes Visuales, por considerarse que no comprende todas manifestaciones de artes plásticas, pasando a denominarse Instituto Andaluz de Artes Plásticas y Visuales, equiparando esta importante manifestación cultural con el resto de expresiones artísticas.

Por otro lado, se crea la Dirección del Instituto Andaluz del Cine y la Fotografía, donde se residenciarán todas las medidas y programas que se lleven a cabo en esta materia, de forma que se reconozca la gran relevancia que en la actualidad desempeña el cine y las obras audiovisuales y fotográficas en el sector de las industrias culturales.

Por tanto, tendrán la consideración de personal directivo las personas titulares de la dirección de las unidades del Instituto Andaluz del Flamenco, Instituto Andaluz de las Artes Escénicas y de la Música, el Instituto Andaluz del Cine y la Fotografía, el Instituto Andaluz de las Artes Plásticas y Visuales y el Centro Andaluz de las Letras.

Esta modificación no conlleva aumento en gasto de personal, puesto que no se aumenta el número del de alta dirección del artículo 29.4 de los Estatutos, y responde a razones de eficacia, eficiencia y transparencia en relación con la gestión de los programas, proyectos y actuaciones que ejecuta, dotándola de una mayor operatividad y ajustando la estructura a las necesidades organizativas de los distintos servicios que se prestan.