Actualizado 19/11/2025 13:06

Rechazan el recurso de Bauzá contra la Eurocámara por amonestarle por acoso a un asistente

Archivo - El eurodiputado de Ciudadanos, José Ramón Bauzá.
Archivo - El eurodiputado de Ciudadanos, José Ramón Bauzá. - CIUDADANOS - Archivo

BRUSELAS 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado este miércoles el recurso presentado por José Ramón Bauzá contra la amonestación que le impuso el Parlamento Europeo por acoso a un miembro de su equipo cuando ocupó un escaño como eurodiputado de Ciudadanos (Cs) en la pasada legislatura europea.

El caso se remonta a 2022, cuando un asistente parlamentario de Bauzà denunció a su superior por acoso psicológico ante la comisión competente en el Parlamento y se inició una investigación que concluyó en febrero de 2024, con el anuncio por parte de la presidenta de la institución, Roberta Metsola, de una "amonestación" al eurodiputado tras dar por probado el acoso al denunciante.

La Eurocámara se basó en comportamientos de Bauzá como exigir a la víctima una disponibilidad veinticuatro horas al día, siete días a la semana, incluidos fines de semana, festivos y vacaciones; también a altas horas de la noche.

Además, la decisión recoge que en varias ocasiones el político balear había realizado comentarios amenazantes, insultantes o hirientes sobre el denunciante, le había solicitado que realizara tareas domésticas ajenas a sus funciones y le había dado instrucciones contradictorias.

El castigo establecido por la presidenta de la Eurocámara para el que fuera presidente de Baleares tuvo la forma de "amonestación", que es una sanción más leve que no conlleva suspensión de sueldo ni del derecho a voto, ni tampoco la pérdida de dietas. Según comunicó entonces Metsola, Bauzà decidió no recurrir la decisión en las instancias parlamentarias previstas.

Sin embargo, el político conservador acudió ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que este miércoles dicta sentencia en primera instancia y desestima el recurso en cuestión, al concluir que el exeurodiputado no ha demostrado que el comité que se encargó de la investigación se excediera en sus competencias.

La sentencia avala también a dicho comité a la hora de evaluar la credibilidad de los testigos presentados y los pasos cumplidos durante el procedimiento, que la propia Metsola detalló en su decisión de sanción. Con todo, el Alto Tribunal europeo sí considera "excesivo" los once meses que tardó en resolverse el caso y advierte de que por la "sensibilidad" de los asuntos de acoso la tramitación debería ser "diligente" y cumplirse "con toda celeridad"; aunque rechaza que el que no se concluyera en un plazo razonable deba llevar a la anulación de la decisión.

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