El Gobierno Vasco limita a dos unidades convivenciales por vivienda las AES destinadas a alquiler

Un cambio en la financiación permitirá que los ayuntamientos puedan empezar a conceder estas ayudas desde principio de año

La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa
La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa - IREKIA
Europa Press País Vasco
Publicado: martes, 24 febrero 2026 14:23

VITORIA, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno Vasco ha aprobado el nuevo decreto para regular las AES (Ayudas de Emergencia Social), que implica un cambio en la financiación del pago a los ayuntamientos que asegura que los municipios puedan empezar a conceder las AES desde principio de año, y en el que también se establece que las AES destinadas al alquiler se concederán como máximo a dos unidades convivenciales por vivienda.

La consejera vasca de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa, que ha comparecido ante los medios de comunicación tras la reunión semanal del Consejo de Gobierno, ha recordado que las Ayudas de Emergencia Social son prestaciones no periódicas, de naturaleza económica, destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social.

Melgosa ha manifestado que el nuevo decreto adecua la normativa de 2011 a la nueva situación y necesidades económicas y sociales de Euskadi. El texto base ha sido trabajado con un grupo técnico de Eudel y con distintos profesionales de Servicios Sociales.

Los receptores de las AES deben ser mayores de 18 años y tener un mínimo de seis meses de empadronamiento. Además de ello, los conceptos o gastos específicos a sufragar por las AES no varían: alquiler, energía, necesidades primarias, endeudamiento, mobiliario y electrodomésticos, reparaciones e instalaciones.

NOVEDADES PRINCIPALES

En cuanto al modo de financiación de estas ayudas, se vuelve al sistema anterior a la publicación de la Ley de la RGI. El pago a los ayuntamientos se realizará en dos momentos diferentes dentro del año.

Al inicio del año, el Gobierno Vasco otorgará a todos los municipios el mayor importe de la cuantía programada dentro de los pagos para financiar las AES destinadas a las personas más vulnerables que residen en su localidad.

En cuanto a los ayuntamientos que el año anterior hayan aportado alguna cuantía de sus presupuestos municipales, una vez recibidas las justificaciones de gasto, se procederá a distribuir el resto de crédito consignado.

Otra de las novedades se refiere al número máximo de unidades de convivencia por vivienda en el pago de las AES destinadas al alquiler, que será de dos unidades de convivencia. En este nuevo decreto se opta por aplicar esta limitación solo para el caso de sufragar gastos de alquiler, tal y como se recoge en la regulación de la prestación económica de vivienda en el Decreto 147/2023 de 10 de octubre del derecho subjetivo de acceso a la ocupación de una vivienda: una si existen lazos de parentesco, y dos si no existen.

Por otra parte, al determinar las personas beneficiarias y establecer la unidad de convivencia, dentro de los vínculos de parentesco, matrimonial o análogo al conyugal, se reduce el grado de consanguinidad y afinidad, de adopción o de acogimiento familia, que se sitúa en el segundo grado, por resultar "más ajustado al presente y futuro de las familias vascas", según ha afirmado el Ejecutivo. Dentro del segundo grado entran: hijos, cónyuges, padres, madres, hermanos, abuelos y nietos.

Asimismo, se garantiza la protección social de las personas que participan en programa respaldados por administraciones públicas como Trapezistak, que tienen como objetivo la aceleración de la integración social y laboral de jóvenes sin referentes familiares en Euskadi.

OTROS COLECTIVOS

Todo ello influirá también en otros programas de apoyo en el tránsito a la vida adulta de estas personas jóvenes, de las personas con discapacidad igual o superior al 33%, o con un diagnóstico de enfermedad mental, y a las personas usuarias de programas respaldados por las administraciones públicas vascas que tengan como objetivo el apoyo a la vida independiente.

De la misma manera, con el objetivo de agilizar los trámites y minimizar la burocracia, se establecen medidas para garantizar el derecho del ciudadano a no aportar datos y documentos que ya obren en poder de la administración a través de la cooperación y coordinación entre las administraciones.

En cuanto a los gastos a sufragar por las AES, se pasará a definir cuáles de estos gastos por su naturaleza cabe imputar a un solo individuo y cuáles son considerados como gastos comunes y divisibles entre varias personas, a fin de aclarar su imputación y que no genere problemas de múltiple financiación o subvención.

SITUACIÓN ACTUAL DE LA ORDEN DE PAGO

Fuera del contexto del nuevo decreto, y en cuanto a la situación actual de la orden de pago de las AES, el importe económico previsto para el pago de las ayudas para 2026 es de 41.500.000 euros. Además, ya se está tramitando la orden de reparto de los 37 millones de euros entre todos los ayuntamientos, para que en una vez publicado tanto el decreto como la orden, se proceda cuanto antes al pago de los créditos a los diferentes ayuntamientos o mancomunidades. Las cuantías máximas por conceptos no varían.

Hasta el 28 de febrero de 2026, los ayuntamientos tienen de plazo para remitir la justificación anual de todas las Ayudas de Emergencia Social concedidas en 2025. Una vez recibidas, se procederá al reparto de los 4,5 millones de euros restantes entre los municipios que hubieran aportado créditos de sus presupuestos propios para la financiación de estas ayudas.

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