TSJPV condena a dos años de cárcel a un fontanero que estafó 6.700 euros a una cliente con una obra inacabada

La denunciante es "una persona que vive sola, de cierta edad y con una situación económica delicada"

Archivo - Sede del TSJPV en Bilbao
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Europa Press País Vasco
Publicado: miércoles, 25 marzo 2026 13:00

BILBAO, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de dos años de cárcel impuesta por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia a un fontanero que cobró 6.700 euros a una clienta "de cierta edad, que vive sola y con una situación económica delicada", a la que dejó con una obra inacabada.

Según se recoge la sentencia del alto tribunal, el 8 de febrero de 2023 la mujer se puso en contacto con una aseguradora para informar de la existencia de una avería de fontanería en su casa. A raíz de esta comunicación, recibió la llamada del acusado, quien le aseguró que era fontanero y podía reparar la fuga.

Tras ganarse la confianza de la mujer, el hombre le presentó una factura proforma con los trabajos a realizar y los costes, que ella aceptó y le pagó a través de varias entregas de dinero, hasta un total de 6.700 euros.

Sin embargo, el acusado, que, según la resolución judicial, "concertó la realización de esa obra a sabiendas de que no iba a cumplir con su cometido, abandonó la obra a los pocos días y no devolvió el dinero recibido". De esta foma, dejó a la denunciante con la obra inacabada y sin agua caliente en casa.

Por ello, la Audiencia de Bizkaia le condenó como autor de un delito de estafa a dos años de prisión y a que indemnizara a la mujer con 6.700 euros en concepto de responsabilidad civil, aspectos que ahora ratifica el Tribunal Superior vasco tras desestimar el recurso interpuesto por el acusado.

En su recurso, el condenado alegó ante el TSJPV error en la apreciación de las pruebas e infracción del principio "in dubio pro reo", entre otras cuestiones. Sin embargo, Tribunal considera que la inferencia probatoria alcanzada por la Audiencia de Bizkaia está "razonada suficientemente y es la que mejor se extrae de la prueba practicada", al tiempo que destaca "una serie de aspectos probatorios de especial interés".

Entre ellas, el TSJPV recuerda que la factura proforma que el acusado entregó a la mujer mencionaba tres días de trabajo, y que la cantidad que le fue solicitando en varias entregas ascendió a 6.700 euros, "lo que parece desproporcionado".

"SIN AGUA CALIENTE"

También añade que el "retraso en los trabajos fue largo", que dejó la casa "sin agua caliente y sin aportar solución alguna más allá de dar largas, llegando incluso a bloquear" el teléfono de la denunciante "para no recibir más llamadas".

Respecto a la infracción del principio de "in dubio pro reo", el alto tribunal vasco desestima esa alegación y su absolución, ya que considera que no existe una duda razonable y lógica en torno a lo ocurrido, y al hecho de que, tal como concluyó la Audiencia de Bizkaia, el acusado, desde "un primer momento", no tuvo intención de ejecutar la obra.

Según indica el TSJPV, la defensa alega que "existirían dudas en todo caso respecto a la concurrencia de un dolo civil o penal", pero que no puede acoger "que esas dudas sean objetivas, que asalten a cualquier observador, en tanto se fue pidiendo dinero en varios momentos sin que las obras avanzasen en la debida proporción". "La realidad es que se hizo parte de la obra -un 15%- y se abandonó, dejando sin agua caliente a la denunciante", añade.

También rechaza que la condena impuesta sea desproporcionada y recuerda que la Audiencia vizcaína consideró, a la hora de imponer la pena máxima, en una horquilla de seis meses a dos años las circunstancias de la denunciante, "una persona que vive sola, de cierta edad y con una situación económica delicada", además del importe de la defraudación, que calificó de "nada desdeñable" para la economía de la mujer. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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