La convocatoria para la incorporación temporal de escritores y artistas plásticos extremeños a la UEX finaliza el sábado

Actualizado: jueves, 5 abril 2007 14:46

MÉRIDA, 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

La convocatoria para la incorporación temporal de dos escritores y dos artistas plásticos extremeños a la Universidad de Extremadura (UEx) concluye este sábado, día 7, según figura en las bases de dicha convocatoria a las que tuvo acceso Europa Press.

Los escritores y artistas plásticos de reconocida trayectoria profesional deben ser extremeños, aunque podrán residir dentro o fuera de la comunidad y no estar vinculados contractualmente con la Universidad de Extremadura.

Los escritores o artistas plásticos seleccionados se adscribirán a uno o varios Departamentos Universitarios para desarrollar un programa de actividades previamente establecido.

Para el objeto de esta convocatoria se destina una cantidad máxima de 30.000 euros con cargo alas partidas presupuestarias consecuencia del convenio suscrito para estos efectos con la Consejería de Cultura.

La cuantía de cada plaza incluirá hasta un máximo de 2.700 euros mensuales brutos sobre los que habrá de practicarse la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS

Las becas se conceden para estancias temporales de cinco meses de duración, aunque la concesión de la beca no establece relación laboral o estatutaria alguna con el organismo concedente.

La incorporación del escritor becado a los departamentos de adscripción deberá producirse a partir de la fecha de resolución de la presente convocatoria.

Las solicitudes, con la documentación que corresponda, se formalizarán en el modelo de instancia normalizado que figura como Anexo a esta Convocatoria. Irán dirigidas al rector de la Universidad de Extremadura y se presentarán en los Registros Generales de Cáceres (Plaza de Caldereros) o Badajoz (Avda. de Elvas, s/n), así como en los Registros y Oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación y mediante originales o fotocopias compulsadas, fotocopia del D.N.I. o pasaporte, según el caso, del solicitante, currículum vitae, haciendo especial hincapié en todos los aspectos relacionados con la creación literaria o creación artística.

Además, deberá incluirse original o fotocopia de las obras publicadas con todos los detalles de la publicación (editorial, ISBN, años de publicación, etc.) y también se deberá adjuntar un proyecto detallado de actividades que desarrollaría el candidato u otros documentos a considerar por el solicitante.

Para la evaluación y selección de las solicitudes objeto de esta convocatoria se constituirá una comisión de selección presidida por el rector de la Universidad de Extremadura, o persona en quien delegue, actuando como vocales la vicerrectora de Extensión Universitaria de la Universidad de Extremadura, dos especialistas en materia de Lengua y Literatura Españolas de la Universidad de Extremadura designados por el Rector de la Universidad de Extremadura (uno de los cuales actuará como Secretario), dos especialista en materia de Expresión Musical, Plástica y Corporal e Historia del Arte y dos representantes de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura.

La Comisión de Selección evaluará las solicitudes presentadas en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a aquel en que finalice el plazo para la subsanación de errores, formulando las propuestas que correspondan dentro de los límites presupuestados establecidos en la presente convocatoria.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La comisión de selección prevista evaluará las solicitudes presentadas conforme al currículum literario o artístico del solicitante, méritos académicos del solicitante, proyecto detallado de actividades que desarrollaría el candidato y aquellos otros criterios que la comisión de selección entienda necesarios para una mejor evaluación y priorización de las solicitudes.

El rector de la Universidad de Extremadura dictará resolución en un plazo máximo de 5 días a contar desde la elevación de la propuesta de la comisión de selección, transcurrido el plazo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes.

La resolución será publicada en el Boletín de la Universidad de Extremadura, así como en los tablones de anuncios del Rectorado en Cáceres y Badajoz, conteniendo la relación de plazas concedidas y reservas, en su caso, considerándose desestimadas las restantes, que serán comunicadas a los interesados mediante notificación individual, recurrible en los tiempos y formas que la resolución establezca.

OBLIGACIONES DE LOS CANDIDATOS SELECCIONADOS

Los candidatos seleccionados tendrán que cumplir el programa de actividades establecido por la comisión de acuerdo con los departamentos universitarios a los que sean adscritos en los términos fijados, con aprovechamiento, así como otras actividades de utilidad en colaboración con el Vicerrectorado de Extensión Universitaria.

En todo caso, estas actividades, en la medida de lo posible, estarán enfocadas en beneficio de la comunidad universitaria y de la sociedad extremeña, así como de la propia creación literaria.

Finalizado el periodo para el que han sido seleccionados, los escritores deberán remitir al rector de la Universidad de Extremadura una memoria de las actividades realizadas y dicha memoria irá acompañada de un informe de los Directores de los Departamentos a los que los escritores hayan sido adscritos.

PAGOS

El abono de las cantidades mensuales establecidas será efectuado mediante transferencia bancaria al escritor , por meses vencidos, durante el periodo de disfrute de la beca.

Aunque existe algunos casos en los que se podrá proceder a la revocación y que serían la no realización o participación en las actividades programadas, por cualquier causa, el incumplimiento de la obligación de justificación, el incumplimiento de la finalidad para la que fue seleccionado con motivo de esta convocatoria y la obstaculización de la labor inspectora de la administración.

El procedimiento de reintegro se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto3/1997, de 9 de enero de devolución de subvenciones.