Las declaraciones de recintos de la capa de montanera ya pueden presentarse para ganaderos de porcino "de bellota"

Cerdo ibérico, cerdos ibéricos
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Europa Press Extremadura
Actualizado: martes, 24 junio 2014 15:41

MÉRIDA 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica el Anuncio de 15 de mayo de 2014 sobre las condiciones de manejo para los animales que dan origen a productos con la designación "de bellota", al amparo del Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico.

El anuncio tiene por objeto dar publicidad al Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico (BOE nº 10, de 11 de enero), con relación a las condiciones de manejo para los animales que dan origen a productos con la designación "de bellota", reguladas en el artículo 6 del citado real decreto, informa en nota de prensa el Gobierno regional.

Las parcelas y recintos utilizados para la alimentación de animales cuyos productos vayan a comercializarse con arreglo a la mención "de bellota", deberán estar identificados en la capa montanera incluida en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (Sigpac), establecido en el Real Decreto 2128/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas, como aptos para su utilización para el engorde de animales "de bellota", conforme a las designaciones establecidas en el artículo 3 del citado Real Decreto.

Los interesados en presentar las declaraciones podrán acceder a través de la Iniciativa Arado-Laboreo, por medio del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en la dirección http://gobex.es/cons002/plataformas-arado-y-laboreo

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