Abre este martes el plazo para que universitarios del SUG con dificultades económicas sobrevenidas pidan becas

Europa Press Galicia
Publicado: lunes, 13 enero 2020 11:31

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

   Los estudiantes del Sistema Universitario Galego (SUG) con dificultades económicas por causas sobrevenidas e imprevistas ocurridas a lo largo del curso académico 2019/2020 podrán pedir a partir de este martes sus ayudas, a las que la Xunta destinará un total de 100.000 euros.

   De ello ha informado este lunes la Consellería de Educación, Universidade e Formación Profesional en un comunicado remitido a los medios, en el que informa de la publicación de la convocatoria este lunes en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

   El departamento educativo de la Xunta destinará a estas becas una cuantía global de 100.000 euros, que podrá ser incrementada hasta cubrir todas las personas que lo necesiten. Las ayudas, cuyo importe dependerá de la renta familiar, oscilarán entre los 1.500 y los 2.750 euros. Desde el curso 2011/2012 la Administración autonómica concedió un total de 252 de estas becas por importe de 737.000 euros.

   En concreto, podrá pedir estos apoyos el alumnado universitario con una situación de emergencia derivada de una causa sobrevenida e imprevista ocurrida entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de julio de 2020 y que esté matriculado en el curso 2019/2020, como mínimo en 50 créditos, en estudios universitarios de titulación de grado, en cualquiera de las universidades del SUG.

   En el caso de los estudiantes a los que le falte un número inferior de créditos para terminar sus estudios, deberá estar matriculado como mínimo de 30. Además, no podrá haber recibido esta ayuda con anterioridad y la renta per cápita de la unidad familiar no será superior al importe anual de la pensión no contributiva individual que establezca la ley de presupuestos generales del Estado para el año 2020 multiplicada por 1,50.

   En la convocatoria se entiende como causas imprevistas la orfandad absoluta; situación de desempleo, fallecimiento de alguno de los sustentadores principales de la unidad familiar, falta de pago acreditada por denuncia o sentencia de pensiones alimenticias en los casos de separación o divorcio, enfermedad grave, reconocimiento de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo de alguno de los sustentadores; víctimas de violencia de género; víctimas de actos terroristas y otras circunstancias no recogidas que, siendo debidamente acreditadas, repercutan en la situación socioeconómica familiar.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado