PONTEVEDRA, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a un hombre acusado de agredir sexualmente a su vecina y amenazarla de muerte, dado que las pruebas presentadas ante el tribunal "no son suficientes", "no están revestidas de la solidez exigible" y "no son concluyentes" para acreditar los hechos.
El juicio se celebró el pasado jueves 14 de septiembre y durante la vista oral el procesado se había declarado inocente y tan solo admitió haber visto a la denunciante la tarde de los hechos junto a su hija.
Sobre la presunta víctima, este hombre señaló: "te hace la vida imposible, no solo a mí, a todos los vecinos; y con denuncias", declaró. "No es una santa, es mala persona", dijo.
Por su parte, la mujer aseguraba que el 28 de junio de 2022 el acusado le tocó en las nalgas y la zona vaginal, le agarró un pecho y le dijo que le iba a clavar un cuchillo "y que iba a ir con las tripas arrastro". La hija de esta mujer confirmó el relato de su madre sobre lo ocurrido, que ella afirmaba haber presenciado.
El procesado es un vecino de la parroquia pontevedresa de Cerponzóns que aquel día era noticia porque su vivienda estaba siendo demolida por orden de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU).
Mientras se realizaban las tareas de derribo, su vecina le denunció por amenazas y abuso sexual, y los vecinos de la parroquia reaccionaron manifestándose durante semanas en su apoyo.
Este viernes, 22 de septiembre de 2023, se ha hecho pública la sentencia en la que el tribunal asegura en el relato de hechos probados que el sospechoso "mantenía malas relaciones con su vecina, que dieron lugar a múltiples problemas, muchos de ellos judicializados".
La Sala sostiene que el 28 de junio de 2022, la mujer acudió en compañía de su hija y de un operario a comprobar los desperfectos que se le habían causado al demoler la vivienda del acusado, llevada a cabo como consecuencia de un procedimiento administrativo de reposición de legalidad urbanística, pero afirma que no constan acreditados "otros extremos".
Si bien la declaración de la denunciante y de la testigo son prueba directa que pudieran avalar el relato acusatorio, estima el tribunal, que "aún no cuestionando su veracidad, no son suficientes para lograr la convicción que se pretende" pues "no están revestidas de la solidez exigible y no son concluyentes", no solo habida cuenta de las malas relaciones personales constatadas entre las partes, "que también se extienden a la testigo que podrían reflejar la sombra de un móvil espurio".
Las magistradas subrayan que las declaraciones del acusado, las testificales y la prueba documental aportada, no les han permitido declarar "de forma inequívoca" que los hechos ocurrieron "en la forma descrita en los relatos de hechos de los escritos acusatorios", por lo que, en aplicación del principio 'in dubio pro reo', han dictado una sentencia absolutoria.
Cabe recordar que la Fiscalía acusaba a este hombre de un delito contra la libertad sexual y un delito de vejaciones injustas por los que había pedido que fuese condenado a un año y 8 meses de prisión, un año y ocho meses libertad vigilada y multa de 1.080 euros, además de una orden de alejamiento de su vecina.