Los ayuntamientos tendrán que asumir el control de las condiciones higiénicas de las piscinas comunitarias

Imagen de una piscina privada en Andalucía
Imagen de una piscina privada en Andalucía - EUROPA PRESS - Archivo

Actualizado: jueves, 19 septiembre 2019 20:16

   Un nuevo decreto equipara en exigencias a las piscinas de casas rurales y colegios mayores con las de establecimientos de alojamiento turístico

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -

   El Gobierno gallego ha aprobado este jueves el decreto por el que se regulan los criterios higiénico-sanitarios de las piscinas de Galicia y, tras su entrada en vigor, los ayuntamientos serán los responsables de la inspección y vigilancia de las piscinas de comunidades de propietarios.

   Así lo ha explicado el vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda, quien ha precisado que, en el plano autonómico, a Sanidade le quedará la vigilancia del cumplimiento de la legislación en materia sanitaria de las piscinas públicas y de las piscinas privadas correspondientes a casas rurales o de agro turismo, a colegios mayores, a residencias universitarias o similares.

   Además, se prevén cambios en asuntos como las medidas de prevención efectiva de los riesgos para la salud asociados a las instalaciones, el control del agua del vaso previo al inicio de la actividad, o el criterio para el cálculo de la temperatura ambiente para piscinas cubiertas con varios vasos cuya agua está a distinta temperatura.

   Son algunas de las novedades de un decreto con el que la Xunta, ha indicado Rueda, adapta la normativa estatal a las características del ámbito geográfico gallego, además de fijarlos distintos aspectos técnicos y de seguridad para la protección de los usuarios, y asignar las competencias de las administraciones públicas en este ámbito.

   Con la aprobación de esta normativa, se derogará el anterior decreto, del año 2005, en el que se establecía la reglamentación técnico-sanitaria de las piscinas de uso colectivo.

PISCINAS DE AGROTURISMO

   El decreto destaca la equiparación de las piscinas de las casas rurales y de agroturismo, así como las de colegios mayores y de residencias, con las de los establecimientos de alojamiento turístico en cuanto a las exigencias que deben cumplir.

   Así, el titular de este tipo de piscina deberá hacer controles de calidad de agua y aire, y colocar de forma visible para el público los últimos resultados de estos controles, junto con el de situaciones de incumplimiento de la normativa que se hayan producido en la piscina.

   A esta información hay que añadir material divulgativo sobre prevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares, y sobre protección solar en el caso de que la piscina sea al aire libre.

   También tiene que estar visible la información sobre las sustancias químicas empleadas en el tratamiento del agua, la existencia o no de socorrista, las direcciones y teléfonos de contacto de centros sanitarios y de emergencias, así como los derechos y deberes de usuarios.

DECLARACIÓN RESPONSABLE

   Otra de las novedades es la obligación de que el titular realice una declaración responsable antes de la entrada en funcionamiento de la piscina por primera vez, tras la realización de obras de construcción o modificación y cuando se produzcan cambios en las circunstancias o datos que declarara con anterioridad.

   También hay que comunicar el reinicio de la actividad tras más de dos semanas de cierre en piscinas de uso continuo y la reapertura en las piscinas de uso discontinuo.