Suspendido el juicio del 'caso Mahía' por la renuncia de la defensa de varios acusados

Juicio del caso Mahía. De espaldas, el principal acusado Ramón López Casal
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 24 octubre 2018 12:27

   Los procesados, entre ellos el administrador de la inmobiliaria, Ramón López Casal; tienen tres días de plazo para nombrar nuevos abogados

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El juicio del conocido como 'caso Mahía' ha sido suspendido este miércoles debido a la renuncia de la defensa de varios de los acusados --entre ellos el que fuera administrador de la inmobiliaria, Ramón López Casal--, que tienen un plazo de tres días para nombrar nuevos abogados.

   El proceso que debía comenzar este miércoles en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial en Santiago ha sido pospuesto luego de que las defensas de algunos de los encausados presentasen la pasada semana un escrito de renuncia alegando "discrepancias" con sus clientes.

   De este modo, los acusados tienen un plazo máximo de tres días para nombrar una nueva defensa. Tanto Fiscalía como acusación particular han coincidido en señalar su respeto a la medida como forma de garantizar el derecho de defensa, si bien han manifestado su preferencia a que se respeten los plazos marcados para la celebración del juicio.

   Entre los procesados que tendrán que buscar nuevos abogados está el que fuera administrador único de Mahía Inmobiliaria, Ramón López Casal, que se enfrenta a una pena de 12 años de prisión por los delitos continuados de administración desleal, apropiación indebida y delitos societarios. Para el resto de los acusados, Fiscalía nueve años y nueve meses de prisión, además de indemnizaciones que superan los diez millones de euros.

ACUSACIÓN RESPETA LA MEDIDA

   En declaraciones a los medios a la salida del juzgado, el abogado de la acusación particular, Ulises Bértolo, ha expresado su respeto a la medida decretada por el juez dado que "el derecho de defensa es sagrado", aunque ha emplazado a que esta situación no provoque "una dilación que pueda perjudicar" el derecho de sus clientes "a tener un juicio sin dilaciones indebidas".

   "La Sala va a intentar colocar el nuevo calendario de actuaciones a la mayor brevedad posible. Confiamos en que no haya una demora por esta renuncia", ha señalado el letrado, que ha reconocido que la renuncia de las defensas fue recibida con "sorpresa" porque se produjo "a pocos días" del inicio de las sesiones.

'CASO MAHÍA'

   El 'caso Mahía' lleva años en los juzgados con distintas ramas en diversas zonas de España. Por ejemplo, cuatro años atrás, el Tribunal Supremo ratificó la condena interpuesta por la Audiencia de Valladolid contra López Casal y el alcalde de Arroyo de la Encomienda, José Manuel Méndez Freijo, por sendos delitos de cohecho, en ambos casos, y de prevaricación en el segundo por el denominado 'caso Arroyo'.

   Para la rama que ahora se abordará en Santiago, el escrito de la Fiscalía se remonta al 27 de noviembre de 1989, cuando se constituyó la sociedad Mahía Inmobiliaria, cuyo objeto social era la promoción, construcción de viviendas y adquisición de todo tipo de fincas, con una composición accionarial en la que M.G.M. contaba con el 34% de participación, E.C.C., el 33%, y A.B.C., el 33% restante.

   Posteriormente, López Casal entró en el accionariado de la empresa mediante la compra del paquete accionarial de E.C.C., ocupando desde ese momento el cargo de administrador único de la empresa.

   A partir del año 1995, el escrito añade que se fue creando un grupo empresarial formado por múltiples sociedades "compartidas" en las que participaban tres socios. Asimismo, apunta que el que fuera dueño de Mahía, en "eficaz colaboración" con PE.B.I., M.L.F., MA.R.P., I.R.P. Y P.L.F. (los otros cinco acusados), creó un conjunto de sociedades mercantiles en las que el socio denunciante (M.G.M.) no tenía participación.

DESVÍO INTENCIONADO

   Una vez en marcha las sociedades particulares antes mencionadas en las que "intencionadamente" no tenía participación M.G.M., los acusados mencionados, a través de las mismas, como apoderados, administradores o socios, "desviaron el negocio de Mahía" y de las empresas compartidas en las que tenía participación el querellante a otras firmas particulares transfiriendo el negocio inmobiliario con objeto de "perjudicar económicamente" a las sociedades ligadas a M.G.M.

   Asimismo, el escrito recoge que las cuentas de las sociedades compartidas mencionadas por acuerdo del acusado principal con el resto de encausados "no tienen valor contable ni probatorio, no reflejando la situación real de las empresas".

   Tales irregularidades contables, continúa, "impidieron e impiden al querellante conocer las operaciones económicas y la situación real de las empresas compartidas", pues los acusados "de propósito sustrajeron del conocimiento información contable y mercantil relevante", lo que no permite conocer las operaciones que los acusados realizaron "en perjuicio" del socio demandante.

   En concreto, se constatan movimientos de fondos económicos desde las empresas compartidas con las no compartidas o particulares, especialmente a favor de la firma no compartida MP Grupo Inmobiliario, que recibió préstamos de las sociedades compartidas que no devengan ningún tipo de interés, lo que habría ocasionado perjuicio al socio denunciante, toda vez que su participación en las empresas compartidas se acercaba a los 126.000 euros.

   Por otra parte, se concreta que, entre mayo de 2002 y febrero de 2005 se produjeron transmisiones o transferencias de activos desde M. Inmobiiliaria y M.Grupo Inmobiliario a favor de las sociedades particulares o propias de los acusados, con la transmisión de solares y parcelas por un precio que estaría por debajo del mercado.

PETICIÓN DE PENAS E INDEMNIZACIONES MILLONARIAS

   Tras el relato de los hechos, el fiscal concluye que son constitutivos de delitos continuados de administración desleal, apropiación indebida y delitos societarios. Para el que fuera administrador único de Mahía, pide penas de 12 años de cárcel y, para el resto de los acusados, nueve años y nueve meses de prisión, además de indemnizaciones que superan los diez millones de euros.

   En concreto, para López Casal, por delito continuado de administración desleal, Fiscalía demanda 3 años de prisión y, para el resto de los acusados, 2 años y tres meses.

   Por la apropiación indebida, se solicita para el principal encausado 7 años de prisión y una multa de 10 meses a razón de una cuota diaria de 30 euros. Para el resto de acusados, la pena que se pide es de 6 años y multa de 30 euros diarios durante nueve meses.

   En cuanto al delito societario, 2 años de prisión para López Casal y una multa de 30 euros diarios durante 10 meses. Para los restantes acusados, la pena que se demanda por este delito es de 1 año y seis meses de cárcel, y una multa de 7 meses a razón de 30 euros diarios.