PALMA, 12 (EUROPA PRESS)
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha absuelto a la exalcaldesa de Petra Caterina Mas (MÉS per Mallorca) de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos de los que estaba acusada por supuestamente dar un trato de favor a su marido cuando estaba al frente del Ayuntamiento.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, exonera a la ecosobernista de todos los delitos por los que se enfrentaba a una pena de tres años de prisión y 27 de inhabilitación y al pago de una indemnización de 130.000 euros.
Inicialmente se enfrentaba también a un delito de tráfico de influencias, posteriormente suprimido por la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento.
La denuncia por este supuesto trato de favor la presentó el sucesor de Mas al frente del consistorio, Martí Sansaloni, del PP, y el Ayuntamiento ahora presidido por Salvador Femenías (El PI) ha seguido adelante con la acusación.
En su escrito, responsabilizaban a la ecosoberanista de haber dejado caducar intencionadamente una sanción de 58.000 euros a su marido por una infracción urbanística durante el tiempo que fue alcaldesa, entre 2010 y 2015.
La Fiscalía, por su parte, defendía que no había quedado acreditado que en 2004, cuando Mas ostentaba el cargo de regidora de Cultura y fue presentada la denuncia por una presunta infracción urbanística por la construcción de una nave sin licencia frente a la ferretería de la que era propietario su marido, la exalcaldesa fuese la encargada de la tramitación e instrucción del expediente.
Tampoco que participara en la valoración de la obra ni en la concesión de plazos para su pago, así como tampoco en la custodia de la documentación que supuestamente propició la prescripción del expediente.
En términos similares se posicionó la defensa de Mas, que ejerce la letrada Laura Vallés, quien ha considerado que con la denuncia se hizo un uso político de la Justicia. La exalcaldesa dimitió de su cargo en el Consell de Mallorca en 2020 a raíz de su procesamiento por esta causa.
LOS HECHOS PROBADOS
Según los hechos declarados probados por los magistrados, una resolución de la alcaldía dictada en febrero de 2007 impuso a la sociedad involucrada una sanción de 58.000 euros y ordenó la demolición de las obras que fueron objeto del expediente urbanístico.
Meses después, un juzgado de lo contencioso-administrativo concedió como medida cautelar la suspensión del acto administrativo por el que se impuso la sanción, pero en 2009 una sentencia desestimó el recurso.
El sancionado presentó después un plan de pago de la sanción, que fue aceptada por los responsables municipales. Entre 2011 y 2014 se pagaron 7.000 de los 58.000 euros y después la sanción prescribió "sin que con conocimiento del sancionado se iniciase formalmente el procedimiento de ejecución mediante providencia de apremio ni se derivase el expediente al órgano encargado de la recaudación".
Con todo ello sobre la mesa, los jueces consideran que no existe prueba alguna de que la acusada dictara una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia o que consintiera una irregularidad en la actuación administrativa encaminada a conseguir que prescribiera la sanción urbanística.
La sentencia, que condena al Ayuntamiento al pago de las costas procesales, no es firme ya que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).
MÉS CELEBRA LA ABSOLUCIÓN
El coordinador general de MÉS per Mallorca, Lluís Apesteguia, ha aplaudido la absolución de Mas. "Hoy es un día de celebración y de acompañar a Caterina en esta alegría que, por el hecho de ser un simple acto de justicia, no deja de ser extraordinario", ha dicho.
Apesteguia, a través de un comunicado, ha recordado que el partido brindó "apoyo incondicional" a Mas al haber defendido siempre su inocencia.
No obstante, ha lamentado que "una justicia que llega tarde no puede reparar el daño sufrido después de años de difamaciones y persecuciones políticas".