PALMA 13 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Baleares ha rechazado la petición de un hombre para eliminar su pensión compensatoria, por lo que mantiene la cuantía establecida originalmente en la separación de 2010.
Según ha informado el Tribunal de Justicia de Baleares (TSJIB), el recurrente solicitó la extinción de la pensión compensatoria, argumentando el excesivo tiempo transcurrido (15 años) y que su exesposa se había incorporado al mercado laboral.
También alegó que su situación económica había empeorado tras jubilarse, con ingresos de 1.354 euros. No obstante, el juzgado de primera instancia mantuvo la prestación al considerar que no había una alteración "sustancial" de las circunstancias originales.
El tribunal fundamenta su decisión recordando que, según el acuerdo alcanzado entre las partes, se estableció una pensión compensatoria de 400 euros durante un año, que era el tiempo estimado para que la esposa lograra estabilidad laboral. Una vez transcurrido el año, la cuantía se fijó en 200 euros mensuales actualizables con carácter vitalicio.
En este sentido, la Sala coincide con la jueza de instancia en que no hay pruebas de que las circunstancias sean diferentes, ya que no se ha acreditado cuáles eran los ingresos del exesposo en el momento de la separación. Sin embargo, se deduce que estos eran elevados dadas las obligaciones alimenticias que asumió de forma voluntaria.
La sentencia señala que, en la actualidad, el recurrente percibe ingresos regulares de una pensión de jubilación que "le permite seguir afrontando" el pago vitalicio pactado. Además, para los magistrados, no se ha justificado que la situación económica de la exesposa haya mejorado hasta el punto de eliminar la prestación.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.