Audiencia Provincial reitera en una sentencia que la presidenta del Colegio de Enfermería no se enriqueció ilícitamente

Actualizado: miércoles, 11 abril 2007 19:16

El órgano judicial resalta la "manifiesta temeridad" del recurso presentado por el querellante

PALMA DE MALLORCA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Palma, en sentencia con fecha 26 de marzo, resolvió que la presidenta del Colegio de Enfermería de Baleares, María Dolores Forteza, denunciada por uno de los colegiados por un presunto delito de apropiación indebida y malversación de fondos, no llevó a cabo ninguna actuación destinada a enriquecerse ilícitamente incorporando a su patrimonio personal fondos colegiales.

Según informó el Colegio de Enfermería en un comunicado, los hechos se remontan al mes de mayo de 2005 cuando uno de los colegiados, Miguel Reynés, interpuso una querella criminal ante el Juzgado de Instrucción número cinco de Palma contra la presidenta del Colegio de Enfermería por un presunto delito de apropiación indebida y de malversación de fondos.

El 16 de enero, el Juzgado acordó el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias previas al entender que los hechos investigados no eran constitutivos de delito, resolución contra la cual, el querellante presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Palma.

Así y según la sentencia de la Audiencia Provincial, de las diligencias no resulta que Forteza se enriqueciese ilícitamente ni que hubiese llevado a cabo actos prohibidos por los estatutos colegiales destinados a perjudicar, de forma intencionada, al colectivo del Colegio de Enfermería.

En este sentido, la Audiencia hizo expresa la imposición de las costas del juicio a la parte recurrente en vista de la "manifiesta temeridad" del recurso presentado, conformándose la reclamación contra el auto de la juez como medio para continuar con un reproche personal del querellante contra la querellada y al que no aparece acreditado que se haya añadido "ni un solo colegiado más".

Según la sentencia, el recurrente lugar de utilizar los medios que la vía administrativa ofrece para discrepar de la gestión presidencial y de la de los representantes miembros de la Junta de Gobierno del Colegio, con los que no se deduce reclamación, ha presentado con "temeridad" el recurso al anterior auto del juez de Instrucción número cinco.