El Govern incorpora la equivalencia de la formación con el requisito de experiencia para trabajar en la CAIB

Trabajador En Oficina
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 10 noviembre 2017 14:02

PALMA DE MALLORCA, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Govern, a propuesta de la consellera de Hacienda y Administraciones Públicas, Catalina Cladera, ha aprobado el Acuerdo por el cual se incorpora la equivalencia de una formación determinada con el requisito de experiencia para ocupar puestos de trabajo concretos, como los de jefes de servicio, jefes de sección o jefes de administración de personal, y que supone la modificación del Acuerdo en esta materia aprobado en marzo de 2013.

Los criterios establecidos en el Acuerdo de 2013 prevén como referencia la experiencia adquirida por haber ocupado puestos en las unidades de gestión económica, contratación, servicios jurídicos o gestión del personal o función pública, y con su modificación se dará relevancia también a la formación para optar a determinados puestos de trabajo, según ha explicado este viernes la portavoz del Govern, Pilar Costa.

Asimismo, han transcurrido casi cinco años desde la adopción del acuerdo vigente, y actualmente se considera "oportuno" que no tengan que promocionar sólo las personas que han conseguido acumular experiencia en un área determinada cuando no había establecidos estos requisitos de acceso, "ya que se limitan las posibilidades a las personas que ahora no lo pueden hacer, dado que este requisito ha reducido mucho la posibilidad de adquirirla".

Por este motivo, es necesario establecer el tipo de formación y la duración para cada una de estas áreas funcionales para poder optar a ocupar uno de los puestos jerarquizados que establece el Acuerdo mencionado, de conformidad con la Ley 3/2007 de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Baleares, el cual prevé el derecho a la carrera administrativa, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Una de las novedades del Acuerdo es que la experiencia requerida y, en su caso, la formación equivalente para ocupar puestos de trabajo tendrá un periodo de vigencia de 15 años a efectos de acreditar los requisitos de empleo establecidos.

El Acuerdo modifica también los criterios para poder establecer un periodo de experiencia y/o formación en un área determinada como requisito de empleo de determinados puestos de trabajo.

Para los puestos jerarquizados, con funciones transversales comunes a todas las consellerias, se permite solicitar, como requisito de empleo, un número determinado de años de experiencia y/o formación en un área genérica determinada.

Así, los jefes de servicio o equivalente pueden solicitar como máximo dos años de experiencia, que se puede suplir por un años, como máximo, en formación o docencia en cursos de la Escola Balear d'Administració Pública (EBAP), con 200 horas que se deberán acreditar.

Por su parte, los jefes de sección o jefes de administración de personal, pueden solicitar como máximo un año de experiencia en el mismo grupo. Esta experiencia se puede suplir íntegramente con formación o docencia en cursos de la EBAP, con 100 horas que se deberán acreditar.

Finalmente, los jefes de negociado no pueden exigir ninguna experiencia ni formación específica.

Además, los planes anuales de formación de la EBAP tienen que establecer, además del área de formación a la que corresponde cada acción formativa, la correspondencia con el área funcional a la que pertenece. En un plazo de seis meses, la EBAP tiene que aprobar una resolución en la que establecerá la correspondencia de las diferentes acciones formativas de los últimos 15 años con las áreas funcionales correspondientes.

La propuesta de acuerdo aprobada se negoció con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Servicios Generales de la Administración de la CAIB en la sesión del pasado 18 de octubre.

Por último, este Acuerdo tendrá efecto al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas (BOIB) y se revisará en el plazo de un año, previa negociación con las organizaciones sindicales, con el fin de analizar la aplicación.