Abogada General del TUE dice que Estados miembro deben reconocer hijos de parejas gays de otro país de la UE

Publicado: jueves, 15 abril 2021 13:37

BRUSELAS, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE ha señalado este jueves que Bulgaria no puede negarse a reconocer a la hija de un matrimonio de mujeres lesbianas puesto que sería un impedimento a la aplicación del derecho a la libre circulación.

La abogada Juliane Kokott considera que Bulgaria, escudándose en que el Derecho búlgaro no prevé el matrimonio entre personas del mismo sexo, no debe obstaculizar la libre circulación. Este derecho, defiende la abogada alemana, no altera la concepción de la filiación o del matrimonio en el Derecho de familia búlgaro.

Así se desprende de su opinión sobre el caso de una menor de madres búlgara y británica que residen en España y a la que le fue desestimado un documento de identidad búlgaro, al no explicitar cual de las esposas era la madre biológica.

El modelo de certificado de nacimiento búlgaro solo prevé una casilla para la 'madre' y otra para el 'padre' y cada una de estas casillas solo puede contener un nombre. Las autoridades de Sofía alegaron la falta de información relativa a la madre biológica y el hecho de que la inscripción de dos progenitoras en un certificado de nacimiento es contraria al orden público de Bulgaria, que no autoriza los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Tras el recurso presentado por la ciudadana búlgara, la Abogada General del TUE sostiene que el derecho a la libre circulación en la Unión incluye el de llevar una "vida de familia normal" tanto en el Estado miembro de origen como en el que se resida. Y, en este sentido, considera que la falta de reconocimiento de estos vínculos de parentesco generaría serios obstáculos para mudarse y llevar una vida familiar en Bulgaria.

Por lo tanto, sin entrar en la cuestión de la concepción búlgara de familia tradicional para negarse a emitir un certificado de nacimiento, Kokott señala que las autoridades búlgaras sí deben expedir un documento de identidad o un documento de viaje que mencione ambas esposas para permitir que la menor pueda viajar con cada una de sus progenitoras por separado.

Los dictámenes de los abogados generales del tribunal europeo no son vinculantes aunque las sentencias posteriores suelen seguir la línea marcada por estas conclusiones en la gran mayoría de los casos.

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