Abogado General del TUE cree que el régimen disciplinario del Supremo polaco viola la independencia judicial

Protesta contra el Gobierno polaco en Varsovia
Protesta contra el Gobierno polaco en Varsovia - REUTERS / KACPER PEMPEL - Archivo
Publicado: jueves, 27 junio 2019 13:09

BRUSELAS, 27 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Evgeni Tanchev ha señalado este jueves que el régimen disciplinario del Tribunal Supremo de Polonia, introducido por la polémica reforma del Alto Tribunal, no satisface los requisitos de independencia judicial que exige la legislación comunitaria.

Aunque las conclusiones son preliminares, la sentencia posterior por parte de los jueces del TUE suele seguir la dirección del Abogado General en la mayoría de los casos. Además, esta opinión llega tres días después de que el tribunal de Luxemburgo dictaminase que el adelanto de la edad de jubilación de los jueces del Tribunal Supremo polaco viola su independencia.

La Cámara Disciplinaria del Supremo polaco está formada un grupo de jueces que son nombrados directamente por el presidente de la República. Los magistrados que pueden optar a este cargo, además, son seleccionados por el Consejo Nacional de la Judicatura, que a su vez está formado por 15 miembros nombrados por los poderes legislativo y ejecutivo.

En sus conclusiones, el Abogado General del TUE señala que la Cámara Disciplinaria del Tribunal Supremo polaco "no satisface los requisitos de independencia judicial" que establece la legislación comunitaria. En particular, apunta que el la manera de nombrar a los jueces del Consejo Nacional de la Judicatura "presenta deficiencias que parecen comprometer su independencia de las autoridades legislativas y ejecutivas".

En esta línea, Tanchev opina que el nombramiento de los jueces del Consejo Nacional de la Judicatura conlleva cierta influencia del Poder Legislativo y "no puede descontarse que el Sejm (la Cámara Baja del Parlamento polaco) pueda elegir candidatos con poco o ningún apoyo de parte de los jueces", lo que provocaría que "la opinión de la comunidad judicial puede tener un peso insuficiente en el proceso de elección".

"Independientemente de los objetivos de fortalecer la legitimidad democrática y la representatividad del Consejo Nacional de la Judicatura, este proceso es propenso a afectar a la independencia" de dicho organismo, añade el Abogado General.

En consecuencia, Tanchev concluye que "hay razones legítimas para dudar objetivamente de la independencia de la Cámara Disciplinaria" a la luz del papel de las autoridades legislativas para elegir a los 15 jueces que forman parte del Consejo Nacional de la Judicatura y la competencia de este grupo de magistrados para proponer al presidente de la República los nombres de aquellas personas que formarán parte del órganos disciplinario.

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