Marruecos/España.-.- El TSJA deniega que se le retire la nacionalidad española a un gobernador marroquí

Actualizado: miércoles, 31 mayo 2006 16:14

MELILLA, 31 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado, tras el recurso contencioso-administrativo presentado por el ex líder del colectivo musulmán melillense de la mitad de la década de los 80 y actual gobernador en Marruecos, Aomar Mohamed Duddú, que éste tiene derecho a que se le renueve su Documento Nacional de Identidad (DNI), oponiéndose así a que se le retire la nacionalidad española como solicitó la Dirección General de Policía, según la sentencia a la que ha tenido acceso hoy Europa Press.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del TSJA rechaza así la resolución dictada hace siete años por la Delegación del Gobierno que entonces dirigía Enrique Beamud (PP) y el Comisario Jefe de la Brigada Operativa de Melilla por no acreditar Aomar Mohamedi Duddú la certificación del padrón del Ayuntamiento de Melilla o en caso de residir en el extranjero, acreditarlo mediante certificado del Consulado español correspondiente.

En los "Fundamentos de Derecho", el alto tribunal andaluz recuerda que Duddú solicitó la renovación de su DNI el 28-1-99 en la Comisaría de Policía y que esta le fue denegada por no presentar el empadronamiento. Asimismo, en el expediente que se le abrió, el jefe de la Unidad de la Comisaría General de Extranjería y Documentación dirigió un escrito de denuncia al Fiscal del Registro Civil de Melilla "con el fin de que se declare la pérdida de nacionalidad española del recurrente (Duddú) en base a unos hechos y fundamentos de Derecho, solicitando se dé a trámite la anotación de pérdida de la nacionalidad española". Esta decisión, sin embargo, fue recurrida por el ex líder del colectivo musulmán y ahora la Justicia le da la razón.

El TSJA subraya que tanto la resolución del Director General de la Policía, de 28-5-99, como la del comisario Jefe Brigada Operativa de Melilla, de 8-2-99, de la que trata la causa, "no son conformes a Derecho, por lo que deben ser anuladas".

Del mismo modo, subraya que la normativa citada por la Administración, "no se desprende que deba exigir dichos requisitos y menos aún que un ciudadano español --por opción-- nacido en territorio nacional tenga que justificar la nacionalidad española y su empadronamiento (...), iniciándose una información paralela por autoridad policial o gubernativa no identificada y posterior a su solicitud, con documentos no contrastados o adverados ("fotocopias de noticias de prensa y lo que parece ser una publicación en francés") que la hagan presumir que no ostenta la nacionalidad derivada de su documento de identidad".

El TSJA, por tanto, acepta estimar el recurso interpuesto por Aomar Mohamedi Duddú contra la resolución que le denegaba la renovación de su DNI "por ser contraria al ordenamiento jurídico" y obliga a la Administración a renovar el documento español del dirigente que lideró las movilizaciones de los musulmanes melillenses en la mitad de los años 80, residente en Rabat desde que dejó la ciudad un 27 de enero de 1987 y donde desempeña el cargo de gobernador vitalicio, nombrado por el difunto rey Hassan II.