UE.- La abogada general del TUE pide condenar a España por vulnerar la ley europea en un proyecto de regadío en Lérida

Actualizado: jueves, 26 abril 2007 16:57

BRUSELAS, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Juliane Kokott, pidió hoy condenar a España por vulnerar la legislación medioambiental comunitaria, en concreto la directiva de protección de las aves, en el proyecto del Canal Segarra-Garrigues en Lérida, cuyo objetivo es transformar en regadío una zona hasta ahora caracterizada por sus hábitats de tipo estepario y las raras especies de aves especialmente adaptadas a ellos.

El proyecto afecta a unas 110.000 hectáreas de terrenos agrícolas en las que será posible aumentar el riego en 1.500, 3.500 o 6.500 metros cúbicos de agua por hectárea y fue declarado de interés general por España en 1994. La Comisión tuvo conocimiento del mismo en 2001 a través de una queja.

El 26 de septiembre de 2002, las autoridades competentes de Cataluña emitieron una declaración de impacto ambiental de dicho proyecto. Ese mismo año comenzaron las primeras obras. Se cuenta con que la ejecución de todas las obras necesarias dure unos diez años. Aún no se ha iniciado el regadío propiamente dicho.

El Ejecutivo comunitario abrió en 2004 un expediente contra España por considerar que el Canal Segarra-Garrigues vulnera la directiva de aves. Tras constatar que las autoridades competentes no atendieron sus exigencias de modificarlo y reducir su impacto ambiental, Bruselas denunció el caso ante el TUE y pidió que se condenara a España.

El dictamen de la abogada general señala que dentro del área del proyecto existen zonas fácticas de protección de las aves con una superficie de 36.688 hectáreas, aunque no todas ellas habían sido clasificadas así por las autoridades competentes en el momento de la declaración de impacto.

En opinión de la señora Kokott, la transformación en regadío de hábitats esteparios y la consiguiente intensificación de la explotación agrícola alteran las características de estos hábitats. "Se ha de presumir que los terrenos regados no son tan adecuados para las especies adaptadas a los hábitats esteparios. Por consiguiente, el regadío deterioraría las zonas fácticas de protección de las aves", señala.

La única medida que se puede tener en cuenta para minimizar el daño es, en principio, excluir del regadío adicional las zonas de protección de las aves. Sin embargo, en la declaración de impacto ambiental sólo se prevé excluir unas 18.000 hectáreas, con lo que las 20.000 restantes estarían afectadas por el regadío.

De este modo, la abogada general subraya que al emitir la declaración de impacto ambiental, las autoridades competentes "autorizaron el deterioro de zonas fácticas de protección de las aves".

España justifica el proyecto afirmando que el regadío garantiza que se puedan continuar las explotaciones agrícolas de la zona, ya que sin esas explotaciones perdería su especial adecuación para la protección de las aves.

La abogada general está de acuerdo en que es necesario que continúen las actuales explotaciones agrícolas para garantizar la protección de las aves. Sin embargo, a su juicio el proyecto de regadío no garantiza la continuidad de estas explotaciones, sino que por el contrario las alterará, ya que al disponer de más agua e intensificar la agricultura se reducirá su adecuación para proteger las aves.

Por ello, en su dictamen propone medidas alternativas para garantizar la continuidad de las explotaciones agrícolas de la zona, como más subvenciones europeas.

La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia. Su misión es proponerle, de manera completamente imparcial, una solución jurídica para dirimir los asuntos que haya examinado. El Tribunal comienza a deliberar a partir de este momento, y la sentencia se pronunciará en una fecha posterior.