El Ayuntamiento de La Laguna (Tenerife) aclara que "cumple la legalidad" al cobrar a locales que organizan espectáculos

Actualizado: jueves, 4 marzo 2010 18:24

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

La concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de La Laguna (Tenerife), Aymara Calero, ha aclarado mediante una nota que el Consistorio "cumple la legalidad" cuando cobra cien euros a los locales de ocio que organizan espectáculos en directo, respondiendo así a las manifestaciones del portavoz socialista, Gustavo Matos, sobre la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de los servicios y realización de las actividades.

La edil explicó que, además, que el importe de 30 euros por el cartel de actividades se aplica como coste adicional por la emisión del propio cartel por parte de la Administración lagunera. Este cartel, que en los locales de ocio deberá estar en un lugar visible del establecimiento, con número de expediente, horario, actividad a desarrollar, grupo y aforo, facilitará las labores de inspección, además de garantizar el cumplimiento de la normativa, evitar denuncias erróneas y acreditar que el local se ajusta a la licencia concedida, aclaró.

Asimismo, Calero indicó que a aquellos usuarios que hayan obtenido su licencia de actividad anteriormente a la aprobación de esta normativa, se les informará, de igual manera, que deberán solicitar dicho cartel en la Gerencia de Urbanismo. "Pero en ningún caso la Administración recaudará dinero con esta modificación puesto que, tal y como se detalla en el informe técnico y económico, es el importe del propio cartel, según consultado precios de mercado", apostilló.

Por otro lado, y respecto a la autorización de espectáculos públicos, el importe de 100 euros establecidos en la nueva ordenanza como una tasa a aplicar a las solicitudes de espectáculos de carácter esporádico, no permanentes, en establecimientos que cuenten con la oportuna licencia, se estable, según la edil, como un procedimiento distinto al del procedimiento para la concesión de licencias de actividad clasificada.

"Es decir, un local que posea la oportuna licencia de actividad clasificada, no podrá desarrollar espectáculos públicos sin la autorización correspondiente de la Administración; por ello, y debido al coste que supone la tramitación del procedimiento para la autorización de estos espectáculos de carácter no permanente, es por lo que se establece dicha tasa", puntualizó.