Madrid aprueba dos nuevos deslindes en la capital grancanaria y Agaete

Europa Press Islas Canarias
Actualizado: jueves, 24 enero 2008 13:42

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Medio Ambiente publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dos anuncios de sendas notificaciones por las que se aprueban dos nuevos deslindes en Las Palmas de Gran Canaria y Agaete.

En el primero de los casos se trata del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos dos mil ochocientos ochenta (2.880) metros de longitud, comprendido entre Punta Gorda y Morro El Pulpo, en el término municipal de las Palmas de Gran Canaria, y el segundo es relativo al deslinde de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos dos mil setecientos cuarenta y siete (2.747) metros de longitud, comprendido entre El Cuelgo y la Playa de Faneroque, en el término municipal de Agaete.

Madrid ordena "a la Demarcación de Costas de este Departamento en Canarias que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado" y otorga "el plazo de un año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas".

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, "los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente, o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional".

Por su parte, "las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados".

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