Revocan la condena a un hombre por abuso sexual a una hija de su pareja, menor de edad, en La Palma

Archivo - Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife
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Publicado: miércoles, 27 abril 2022 15:56

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado el recurso de apelación y absuelto a un hombre condenado a cuatro años de cárcel por presuntamente abusar sexualmente de la hija de su pareja, menor de edad, con quienes convivía en Santa Cruz de La Palma.

La sentencia, hecha pública este miércoles, cuenta con el voto particular en contra de la magistrada Carla Bellini, que da credibilidad al testimonio de la menor --frente a sus dos compañeros de sala, Juan Luis Lorenzo y Antonio Doreste--.

Bellini sostiene que su declaración "es persistente, sin contradicciones en lo esencial" y se complementa con las pruebas practicadas y apoya en su totalidad la sentencia firmada en primera instancia por el Juzgado Número 1 de Santa Cruz de La Palma.

Ambos magistrado esgrimen "dudas" en el fallo judicial debido a que, tras la marcha del hombre del hogar familiar la noche que supuestamente sucedieron los hechos --le masajeó la zona genital y le dio un beso en los labios--, tanto él como la madre mantuvieron el contacto y en un "clima de afecto" de la pareja, como se deduce del intercambio de 'guasaps'.

Además, afirman que la instrucción penal del caso fue "muy deficiente" pues no se tomaron muestras de las uñas y el ordenador del hombre, pese a que él mismo de ofreció, una prueba "decisiva" que hubiera servido para confrontar la credibilidad del testimonio de la víctima.

En los exámenes médicos se recoge también que el himen de la menor estaba íntegro, sin lesiones ni laceraciones genitales, cuando había testificado que "le metía y le sacaba el dedo" y le dolía.

En cuanto a las periciales psicológicas, los magistrados resaltan que la credibilidad de la menor es de 11 puntos sobre 19 y hay "contradicciones", al tiempo que el hombre no presenta rasgos de abusados o agresor sexual.

Por ello, los dos magistrados concluyen en aplicar el principio 'in dubio pro reo' y proclaman la absolución.

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