Condenado a indemnización de 3.160 euros un acusado de causar un accidente de tráfico sin víctimas por conducir ebrio

Actualizado: sábado, 24 marzo 2007 11:51

LOGROÑO, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha condenado a multa de 540 euros, un año y un día sin carné y una indemnización de 3.166 euros a un hombre, acusado de ocasionar un accidente de tráfico, en el que no hubo víctimas, por conducir bajo los efectos del alcohol.

De acuerdo con los hechos probados que señala el fallo judicial, el acusado, C.M.M., conducía su coche el día 29 de octubre de 2003, sobre las 23.00 horas, por la carretera LR-280, "tras haber ingerido bebidas alcohólicas que disminuían sus facultades psicofísicas para circular correctamente".

Por este motivo, añade la sentencia, "su trayectoria era irregular, circulando de lado a lado de la vía, e incorporándose a la N-232 a la altura del punto kilométrico 367,700, sin respetar la prioridad de paso de otro vehículo", con el que colisionó, sin que resultara lesionado su propietario.

Los daños en el vehículo accidentado se valoraron en 3.166,80 euros. El acusado, sigue el relato del fallo, "presentaba como síntomas rostro congestionado, ojos brillantes, olor a alcohol y movimiento oscilante de la verticalidad del cuerpo".

Al ser sometido a la prueba de alcoholemia, arrojó un resultado positivo de 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire expirado a las 1:40 horas, y de 0,86 miligramos de alcohol por litro de aire expirado a las 2 horas.

Por estos hechos, el Ministerio Fiscal reclamó en el juicio oral, celebrado el 5 de diciembre de 2006, calificó los hechos de un delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, por lo que pidió pena de 6 meses de multa a 3 euros de cuota diaria, la privación del carné por un año y un día y, en concepto de responsabilidad civil, la indemnización por 3.166,80 euros.

En su sentencia, la juez asegura que los hechos probados del caso eran, efectivamente, constitutivos de un delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, del que se considera responsable al acusado, sin ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, por lo que, finalmente, se imponen las penas solicitadas por la acusación.