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LOGROÑO 12 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Logroño ha dictado auto por el que se concede la exoneración de pasivo insatisfecho a un empresario en situación de insolvencia, liberándole de 898.865,03 euros contraídos con la Tesorería General de la Seguridad Social, entidades bancarias privadas y diversos proveedores.
El procedimiento ha sido tramitado por la Asociación Ayuda al Endeudamiento, especializada en acompañar a deudores en este tipo de procesos.
Según informa la Asociación en una nota de prensa, la historia detrás de esta resolución es la de un empresario que vio cómo la quiebra de su empresa arrastraba su economía personal. Tras el cierre del negocio, se sumaron problemas familiares -incluido un divorcio- que agravaron todavía más su situación.
Con ingresos cada vez más inestables y una deuda que ascendía a casi novecientos mil euros, quedó atrapado en un callejón sin salida. "Gracias a la resolución judicial, podrá rehacer su vida libre de cargas imposibles de afrontar".
Se trata de un ejemplo claro de aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo legal que ofrece a particulares y autónomos la posibilidad de cancelar sus deudas cuando concurren circunstancias de insolvencia de buena fe.
"CUANDO LA CONFIANZA SE ROMPE"
El caso pone de manifiesto que el valor económico de una deuda no se sostiene únicamente en la cifra que refleja, sino en la confianza compartida de que podrá ser atendida. Un préstamo, una cuota de la Seguridad Social o una factura solo tienen sentido mientras existe la expectativa real de pago.
Cuando una crisis empresarial o familiar destruye esa expectativa, la obligación pierde su sustento práctico. "Lo que sostiene la economía no son los números en sí, sino la fe compartida en que esos números corresponden a posibilidades reales", explica el letrado José Domínguez, de la Asociación Ayuda al Endeudamiento.
"En este caso, seguir exigiendo el pago de casi 900.000 euros a una persona sin capacidad para generarlos no aportaba nada ni al acreedor ni al deudor ni a la sociedad. Lo que sí aporta es darle la oportunidad de volver a empezar, trabajar, rehacer su vida y volver a contribuir al sistema".
EL PAPEL DEL ESTADO Y DE LOS TRIBUNALES
La intervención judicial no significa ignorar las deudas, sino reconocer que en ocasiones el marco legal debe reajustar relaciones que ya no tienen base real. El Estado, a través de los tribunales, actúa como árbitro para equilibrar el interés de los acreedores con la necesidad de que las personas puedan reintegrarse en la sociedad y en la economía.
Como recuerda Domínguez: "El Derecho concursal no es un privilegio, es un instrumento para recomponer confianza. La deuda existe porque alguna vez se creyó que podría pagarse. Cuando esa creencia desaparece, la ley debe ofrecer un mecanismo que restaure la posibilidad de generar nuevo valor".
Tras la exoneración, este vecino de Logroño podrá iniciar una nueva etapa vital sin la losa de un pasivo imposible. Vive ahora en condiciones más modestas y reorganiza su futuro con realismo, libre de la presión de embargos y reclamaciones.
Desde la Asociación Ayuda al Endeudamiento destacan que resoluciones como esta permiten que decenas de familias y autónomos de buena fe recuperen la dignidad y la estabilidad. "No hablamos de borrar responsabilidades, sino de reconstruir confianza y devolver a las personas la posibilidad de aportar otra vez a la sociedad", concluye Domínguez.