El Gobierno de La Rioja critica el "cambio sin precedentes" de la actitud del Estado con la fiscalidad vasca

Europa Press La Rioja
Actualizado: jueves, 24 mayo 2007 20:51

LOGROÑO 24 May. (EUROPA PRESS) -

El consejero de Administraciones Públicas y Política Local, Alberto Bretón, criticó hoy el "cambio sin precedentes" de la actitud del Gobierno central socialista con respecto a la fiscalidad vasca. Indicó que hasta ahora "no impugnaba las normas forales, pero sin embargo ahora se posiciona a favor de la fiscalidad" y por tanto "a favor del abuso, que han venido ejerciendo".

Bretón realizó estas declaraciones en comparecencia de prensa en la que analizó las alegaciones del Reino de España y las de la Comisión Europea ante el Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas, que conoció esta mañana. Explicó que el Gobierno central socialista, "se decanta por la posición que han venido manteniendo las Instituciones Forales y considera que si se dan los requisitos de la jurisprudencia comunitaria para establecer una reducción de tipos en el Impuesto de Sociedades respecto al general del Estado español".

También dijo que por tanto "descarta implícitamente que se este ante ayudas de Estado contrarias al Derecho comunitario", que se opone "frontalmente" a la posición mantenida por la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Bretón afirmó que "una vez más, el Gobierno central va en contra de los intereses de La Rioja" y "le da igual lo que haya dicho en su momento el Tribunal Supremo" y "lo supedita todo al pacto que pueda tener con los nacionalistas".

Recordó, además que "tenemos todavía el riesgo del blindaje" del concierto vasco, por el que "no se podrían recurrir" las normas fiscales vascas. De todos modos, aseguró que La Rioja "vamos a seguir interponiendo en todas las instancias los recursos que sean necesarios", al tiempo que dijo que reclamaba el apoyo de los agentes económicos y sociales para "defender los intereses de los riojanos".

Apuntó que la Comisión Europea, en línea con La Rioja, mantiene la posición de que los Territorios no cumplen las exigencias de la jurisprudencia comunitaria y, por tanto, se deben considerar ayudas de Estado medidas tributarias como las adoptadas por las Instituciones de los Territorios Históricos que establecen un tipo impositivo inferior al general de la ley del Estado español, y han de notificarse por ello a la Comisión en los términos del artículo 88.3. La Comisión alude especialmente al "principio de solidaridad para concluir que los Territorios no asumen exclusivamente las consecuencias de esa medida reductora".

Bretón recordó que, en 2005 la Comunidad Autónoma de La Rioja interpuso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco diversos recursos contencioso-administrativos contra las normas forales de las Diputaciones de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa.

Unas normas que, según Bretón, se dirigieron a "llenar el vacío normativo" producido en la regulación del Impuesto de Sociedades de Guipúzcoa, Álava y Vizcaya a raíz de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 9 de diciembre de 2004, en la que se decretó la nulidad de pleno derecho de diversos preceptos de las Normas Forales reguladoras del Impuesto.

El fallo de la sentencia del Tribunal Supremo anuló, entre otras disposiciones, el tipo general del Impuesto fijado en los tres Territorios en el 32,5 por ciento, por entenderlo "susceptible de ser calificado inicialmente como ayuda de Estado, incompatible con el mercado común".

El consejero de Administraciones Públicos explicó que sin embargo, las tres normas citadas reprodujeron otra vez el tipo anulado del 32,5%. La Comunidad Autónoma entendió que eso era "una burla" y que "era contraria" a Derecho y en esos recursos interpuestos en 2005 solicitó su nueva anulación por el Tribunal de Justicia del País Vasco. Esas disposiciones fueron recurridas desde otras instancias, en concreto, por la Comunidad Autónoma de Castilla y León y por el sindicato UGT de La Rioja.

En el curso de estos procedimientos judiciales la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco acordó en septiembre de 2006 plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

Bretón explicó que la cuestión planteada fue si las medidas tributarias adoptadas por las Instituciones forales consistentes, entre otros, en un tipo impositivo inferior al general del Estado Español, que son aplicables sólo en el ámbito territorial de los respectivos Territorios Históricos, "han de considerarse selectivas con encaje en la noción de ayuda de Estado de dicho precepto y han de comunicarse por ello a la Comisión Europea en los términos del artículo 88.3 del Tratado".

Por carta recibida el 29 de noviembre de 2006 la Comunidad Autónoma de La Rioja fue invitada a presentar al Tribunal de Justicia observaciones escritas sobre las peticiones de decisión prejudicial, efectivamente presentadas en febrero de 2007. También lo fueron, entre otras entidades, el sindicato UGT, el Reino de España y la Comisión Europea.

La Comunidad Autónoma de La Rioja, tomando como base la sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de septiembre de 2006 (caso de las Azores) ha entendido que, "contrariamente a lo que han venido alegando las Instituciones Forales, los Territorios Históricos no cumplen los requisitos establecidos en esa sentencia para fijar tipos impositivos reducidos y, por consiguiente, su establecimiento comporta la existencia de ayudas de Estado, contrarias al Derecho comunitario, que se pusieron en vigor sin notificarse a la Comisión". Se alegó, sobre todo, que el principio de solidaridad consagrado en la Constitución impide tales medidas tributarias.

Parecida posición ha mantenido el sindicato UGT de La Rioja, adhiriéndose en su integridad a las alegaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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